Convenio Colectivo de Emp...7) de Jaén

Última revisión
24/02/2021

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE JAEN. PERSONAL LABORAL (23000540011987) de Jaén

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 13 de Enero de 2021 en adelante

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Modificacion del Convenio colectivo de trabajo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Jaen. CODIGO CONVENIO: 23000540011987 (Boletín Oficial de Jaén num. 37 de 24/02/2021)

Modificación del Convenio colectivo de trabajo para el personal laboral del 2021/734 Excmo. Ayuntamiento de Jaén.

Edicto

REFERENCIA: Convenios Colectivos EXPEDIENTE: 23/01/0023/2021 CÓDIGO CONVENIO: 23000540011987

Vista el Acta de fecha 13 de enero de 2021, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el personal laboral y del Acuerdo Económico y Social para el personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, en virtud de la cual se procede a modificar la redacción de los artículos 30 y 34 del citado Convenio, que ha tenido entrada en el registro de esta Delegación Territorial con fecha 19 de febrero de 2021, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto del Presidente 3/2020, de 03 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario núm. 54, de 03 de septiembre), en relación con el Decreto 115/2020, de 08 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA extraordinario número 55, de 10 de septiembre), y Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario número 90, de 30 de diciembre).

Esta Delegación Territorial, Acuerda:

Primero.-Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de este Centro Directivo, con funcionamiento mediante procedimientos electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo.Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Jaén, 19 de febrero de 2021.

El Delegado Territorial Francisco Joaquín Martínez Garvín

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO / ACUERDO ECONÓMICO VIGENTE EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAÉN

En la ciudad de Jaén, en la sala de prensa del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, sita en la Plaza de Santa María nº 1, siendo las 9:45 horas del día 13 de enero de 2021, se reúne en segunda convocatoria, los representantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, bajo la Presidencia de D. Carlos Alberca Martínez, Cuarto Teniente de Alcalde Delegado del Área de Recursos Humanos, asistido por D. Pedro Merino Martín, Jefe de Sección del Área de Personal, actuando como secretaria D.María del Carmen Cortés Hidalgo.

También asisten con voz y sin voto, D. Eduardo Ignacio Bueno Peña y D. Manuel Cobo Maya.

Asisten los siguientes representantes sindicales: por ASFEN, D. Francisco José Esquinas Salas, por CC.OO. D. Julián Espinosa Martínez, por CSIF, D. M. Teresa Rodríguez Márquez, por U.G.T. D. Manuel Cruz Fuentes. Por C.G.T. no ha comparecido ningún representante, a pesar de haber sido citados en legal y debida forma.

Tras la reunión, los miembros de la Comisión ACUERDAN por unanimidad lo siguiente:

1.-Aprobar la propuesta de modificación del art. 30 Capacidad Disminuida del Convenio Colectivo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Jaén y del Acuerdo Económico y Social para el personal funcionario con el siguiente tenor literal:

Art. 30 Capacidad Disminuida.

Los empleados cuya capacidad física esté disminuida para desempeñar sus funciones, serán destinados a puestos de trabajo auxiliares adecuados a sus condiciones, siempre que conserven la aptitud necesaria para el desempeño de la nueva función y conservan las retribuciones correspondientes a su categoría de procedencia, previo dictamen de un tribunal médico creado al efecto y del Comité de Empresa.

En el caso de trabajadores mayores de 55 años que desempeñen puestos de trabajo, en cuyo acceso se hayan superado exámenes físicos probatorios de las aptitudes físicas necesarias para el desempeño de dichos puestos de trabajo, podrán ser destinados previa solicitud del interesado y cuando las necesidades del servicio lo permitan, a otros puestos de trabajo de acuerdo a sus condiciones físicas y su categoría profesional, conservando las retribuciones del puesto de origen.

2.-Aprobar la propuesta de nueva redacción del primer párrafo del art. 34 Ayudas para Prótesis del Convenio Colectivo para el personal laboral y del Acuerdo Económico y Social para el personal funcionario, del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, con el siguiente tenor literal:

Art. 34. Ayudas Prótesis.

Se establece una ayuda para prótesis de cualquier tipo que haya sido previamente prescrita, por facultativo, al empleado / funcionario público así como al cónyuge en todo caso, y a los hijos con ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional que convivan con él, con las normas siguientes y sin perjuicio de lo que se establezca en el Reglamento de Régimen Interior que se apruebe en su día.

Y para que conste y surta efectos donde proceda, se expide el presente Acuerdo, que firman todos los representantes de la Comisión Negociadora del Convenio, en Jaén, a trece de enero de dos mil veintiuno.

Por la Administración

El Jefe de Personal, el Cuarto Teniente de Alcalde del Área de Recursos

Por la Representación Sindical

Por ASFEN Por CC.OO.

Por CSIF Por U.G.T.

Asistentes con voz y sin voto

La Secretaria

Jaén, a 19 de febrero de 2021.El Jefe del Servicio de Administración Laboral, MANUEL JESÚS COLMENERO LÓPEZ .