Convenio Colectivo de Emp...7) de Jaén

Última revisión
10/05/2022

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE JAEN. PERSONAL LABORAL (23000540011987) de Jaén

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 25 de Abril de 2021 en adelante

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Modificación del Convenio colectivo de trabajo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Jaén. (Boletín Oficial de Jaén num. 89 de 10/05/2022)

Referencia: Convenios Colectivos

Expediente: 23/01/0045/2022

Código Convenio: 23000540011987

Vista el Acta de fecha 25 de abril de 2022, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, en virtud de la cual se procede a modificar la redacción del artículo 20 del citado Convenio, con entrada en el registro telemático de este Centro directivo con fecha 04 de mayo de 2022, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2 /2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto del Presidente 3/2020, de 03 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario núm. 54, de 03 de septiembre), en relación con el Decreto 115/2020, de 08 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA extraordinario número 55, de 10 de septiembre), y Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario número 90, de 30 de diciembre).

Esta Delegación Territorial, acuerda:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de este Centro Directivo, con funcionamiento mediante procedimientos electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Jaén, 05 de mayo de 2022.

El Delegado Territorial

Francisco Joaquín Martínez Garvín

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO VIGENTE EN EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JAEN

En la ciudad de Jaén, en la sala de Tenientes de Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, sita en la Plaza de Santa María nº 1, siendo las 12:40 horas del día 25 de abril de 2022, se reúne en segunda convocatoria, los representantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, bajo la Presidencia de D. Carlos Alberca Martínez, Tercer Teniente de Alcalde Delegado del Área de Recursos Humanos, asistido por D. Pedro Merino Martín, Jefe de Sección del Área de Personal, actuando como secretaria D.ª María del Carmen Cortés Hidalgo.

También asiste con voz y sin voto, D. Eduardo Ignacio Bueno Peña.

Asisten los siguientes representantes sindicales: Por ASFEN: D. Francisco José Esquinas Salas. Por CCOO: D. Julián Espinosa Martínez y D.ª María José Moles Pérez. Por CSIF: D.

Juan José Castillo Molina y D.ª María Teresa Rodríguez Márquez y por UGT: D.ª Mari Carmen López Bermúdez y D.ª Mari Carmen Marín Hidalgo.

Por CGT no ha comparecido ningún representante, a pesar de haber sido citados en legal y debida forma.

Tras la reunión, los miembros de la Comisión ACUERDAN por unanimidad lo siguiente:

ÚNICO: Aprobar la propuesta de modificación del art. 20 “Contratación temporal y para sustituciones” del Convenio Colectivo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Jaén con el siguiente tenor literal:

“Art. 20. Contratación temporal y para sustituciones

1.- La sustitución de Empleados con derecho a reserva del puesto de trabajo (enfermedad, licencias, permisos por maternidad, vacaciones, etc.) se llevará a cabo a través de contrataciones con arreglo a lo dispuesto en los puntos 2 y 3 del art. 18 del presente Convenio. Formará parte del tribunal de selección un representante del Comité de Empresa o persona de este Ayuntamiento en quien delegue.

2.- En los casos de contrataciones temporales asociadas a proyectos concretos con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad del Ayuntamiento o cualquiera de sus Organismos Autónomos, financiados total o parcialmente con fondos procedentes de otras administraciones públicas, la duración de los sucesivos contratos con todas sus prórrogas, podrá agotar el plazo máximo legalmente permitido. El presente acuerdo será efectivo a partir del día de la fecha.”

Y para que conste y surta efectos donde proceda, se expide el presente Acuerdo, que firman todos los representantes de la Comisión Negociadora del Convenio, en Jaén, a 25 de abril de dos mil veintidós.

POR LA ADMINISTRACIÓN

EL JEFE DE PERSONAL DELEGADO DEL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS

EL TERCER TENIENTE DE ALCALDE

POR LA REPRESENTACIÓN SINDICAL

POR ASFEN

POR CCOO

POR CSIF

POR UGT

LA SECRETARIA

Jaén, 5 de mayo de 2022.- El Jefe del Servicio de Administración Laboral, MANUEL JESÚS COLMENERO LÓPEZ.