Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE PALMA. POLICIA de Baleares
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Convenio Colectivo de Emp...e Baleares

Última revisión
21/10/2013

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE PALMA. POLICIA de Baleares

Empresa Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 21 de Octubre de 2013

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Documento oficial en PDF(Páginas 38-43)

Departamento de Personal. Registro de Personal. Acuerdo de creacion del Departamento de Asuntos Internos de la Policia Local de Palma (DASI) y provision de puestos de trabajo. (Boletín Oficial de las Islas Baleares num. 143 de 19/10/2013)

Preambulo

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 19 de junio de 2013, se aprobó lo siguiente:

PRIMERO. - Aprobar el documento de definición de las funciones y condiciones de trabajo, del departamento de asuntos internos de la policía local de Palma (DASI) y provisión de puestos de trabajo, incorporándolo a la Relación de puestos de trabajo.

El documento referenciado se adjunta como anexo al presente acuerdo.

SEGUNDO. - Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 16 de septiembre de 2013

Jefe de Departamento de Personal

Juan García Lliteras

REGULACIÓN DE CONDICIONES DE TRABAJO

CREACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS INTERNOS DE LA POLICÍA LOCAL DE PALMA (DASI) Y PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO.

ANTECEDENTES.

Como parte de la reestructuración que se llevará a cabo en el Cuerpo de la Policía Local para la Jefatura de esta Policía, se procede mediante esta IS a publicar el acuerdo de creación del nuevo Departamento de Asuntos Internos de la Policía Local de Palma (DASI), como unidad especializada y según las previsiones del Acuerdo regulador de condiciones de trabajo.

El cuerpo de la Policía Local, tanto por su número de efectivos, como por la importancia del municipio debe tener una herramienta estructurada que garantice el cumplimiento del régimen disciplinario aplicable a los miembros de la Policía Local de Palma, así como la supervisión de las actuaciones que estén bajo investigación de otros organismos públicos (juzgados, otros cuerpos de seguridad, otras administraciones), y la intervención, en su caso. Es necesario que cuestiones que afectan a la ética profesional sean resueltas por personal especializado, de alta escrupulosidad en sus tareas y una marcada discreción. Hay que tener en cuenta que el DASI contribuirá al desarrollo de la nueva imagen de este cuerpo, impulsando los valores que se quieren transmitir a la ciudadanía y a los efectivos policiales de la Policía Local de Palma: seriedad, profesionalidad y confianza. Por todo ello es necesario cumplir escrupulosamente lo estipulado en el artículo 33 del Decreto 67/2007 en cuanto a las normas de apariencia externa y presentación personal (tanto cuando presten servicio uniformados como cuando lo hagan de paisano, ajustándose siempre, en este último caso, a las necesidades del servicio):

a. Deberán adoptar una postura correcta, evitando actitudes que denoten abandono.

b. Se presentarán al servicio, correctamente uniformados y ordenados.

c. En el caso de que lleven barba o bigote se deberá lucir arreglado y se ajustará a unas dimensiones discretas

d. El cabello deberá llevarse bien peinado, no pudiendo exceder en longitud del cuello de la camisa. El peinado no podrá tapar la cara y no se podrá hacer uso de colores o formas que puedan ser considerados como extravagantes.

e. El uniforme se deberá llevar puesto y en un correcto estado de limpieza y presentación, debiendo llevar siempre puesta la prenda de cabeza cuando se encuentren en la vía pública, salvo en casos debidamente justificados.

f. Se deberán abstener de llevar las manos en los bolsillos, fumar o masticar cualquier cosa, excepto en el período de descanso reglamentario.

g. No se podrán llevar elementos susceptibles de engancharse (anillos, pulseras, pendientes, cadenas, piercings, collares y otros elementos similares) y producir lesiones tanto al agente como a los ciudadanos.

h. Deberá evitarse exhibir tatuajes u otros adornos de tipo personal que puedan menoscabar la imagen de un agente uniformado.

1. MISIÓN

Investigación de aquellas actividades presuntamente ilícitas ejercidas por personal funcionario de policía Local de Palma que puedan ser constitutivas de infracción penal o contrarias a la ética profesional que puedan comportar sanción disciplinaria, a excepción de las que serán seguidas por sus Mandos. También podrán investigar otros funcionarios municipales en caso de ser requeridos por otros departamentos y previamente autorizados por jefatura.

Coordinar la instrucción de los expedientes disciplinarios a los miembros de la Policía Local de Palma. Realizar las informaciones reservadas y las investigaciones necesarias para averiguar los hechos sucedidos y determinar las personas presuntas responsables. Colaborar con las otras fuerzas y cuerpos de seguridad, con la Fiscalía y la Administración de Justicia en la investigación de hechos en los que estén presuntamente implicados miembros de la Policía Local de Palma. Retirar el arma y la credencial, tanto por medida cautelar como por sanción disciplinaria, del personal funcionario expedientado o determinar el mando competente para hacerlo, en ejecución de la resolución dictada por órgano competente Todas las unidades, secciones, departamentos, mandos y miembros de la Policía Local de Palma deberán facilitar al DASI los informes, los medios personales y materiales que sean necesarios y requeridos por cualquiera de los integrantes de este departamento para desarrollar sus actuaciones. Por su naturaleza, el DASI dependerá jerárquica y directamente de la Jefatura de la Policía Local de Palma.

2. PLANTILLA

Una vez finalizada la provisión de los puestos de trabajo, la plantilla del DASI estará integrada por 4 miembros de la escala básica (2 policías y 2 oficiales), bajo la dependencia directa de jefatura.

3. CONDICIONES DE TRABAJO.

Los componentes del DASI realizarán servicios en cuadrantes que contemplan periodos de 28 días en turnos de mañana y tarde con flexibilidad, quedando abierto el turno nocturno en caso de necesidades del servicio, con las compensaciones económicas correspondientes de nocturnidad y con las siguientes condiciones:

1) Jornada laboral distribuida en tres turnos de 8 horas por cada período de 28 días con renuncia a día libre, con la correspondiente compensación económica según convenio.

2) Entrega de los fines de semana: 3 fines de semana libres de cada período de 4 fines de semana, así se cubrirá un solo turno en fin de semana, quedando la organización de los turnos de los mismos según la necesidad del servicio. Esta previsión de servicio se producirá al menos con 72 horas de antelación.

3) El horario del servicio de mañana será de 7 a 15 horas, el horario del servicio de tarde será de 14 a 22 horas, y el de noche será de 22 a 6 horas.

4) La rueda de festivos será como la rueda de fines de semana: se trabajará uno de cada cuatro y como los fines de semana, se organizarán los turnos según la necesidad del servicio. Esta previsión de servicio se producirá al menos con 72 horas de antelación.

5) Localización permanente y flexibilidad horaria.

6) Trabajarán tanto uniformados como de paisano según las necesidades del servicio.

4. CONVOCATORIA DE VACANTES Y REQUISITOS PARA PODER ACCEDER

De acuerdo a plantilla referida anteriormente en el punto 2 se convocarán 2 puestos de oficial y 1 de policía local de la Policía Local de Palma. Los requisitos para poder acceder son:

a) Pertenecer a la plantilla de la Policía Local de Palma como funcionario de carrera con una antigüedad mínima de cinco años como funcionario, en servicio activo.

b) Estar ocupando puestos de trabajo en la actualidad como policía y/o oficial.

c) No constar en el expediente personal haber sido separado del servicio activo por infracción disciplinaria firme o por sentencia judicial.

5. PROVISIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO.

El sistema de provisión de los miembros del DASI será por concurso específico. Los que obtengan mayor puntuación en la suma total de todo el procedimiento de provisión, siempre que superen las pruebas eliminatorias.

El concurso específico consta de:

5.1 PARTE GENÉRICA.

Baremo general de méritos (A): el recogido en el anexo II del Decreto 67/2007, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Medidas Urgentes de las Policías Locales de las Islas Baleares.

La puntuación máxima de este apartado será de 48 puntos.

5.2 PARTE ESPECÍFICA.

5.2.1 Baremo específico de méritos (B). Se valorarán cursos relacionados con Recursos Humanos en las Administraciones Públicas, cursos relacionados con la salud laboral y con informática. La puntuación será la siguiente:

de 0, 07 puntos por hora de impartición.

de 0,05 puntos por hora de aprovechamiento.

de 0,03 puntos por hora de asistencia.

La puntuación máxima de este apartado será de 15 puntos.

5.2.2. Prueba objetiva (C) Tipo test. Se realizarán 20 preguntas en relación al temario que consta en anexo "A" de este Acuerdo.

La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos.

5.2.2 Entrevista personal objetiva (D). Dada la singularidad del puesto de trabajo del DASI y su dependencia directa jerárquica con Prefectura, es necesaria la realización de una entrevista personal objetiva de todos los aspirantes a ocupar un puesto de trabajo. Esta entrevista la efectuará directamente Jefatura, que podrá contar con el asesoramiento de personal de las distintas categorías y escalas de la policía local, será grabada.

Esta prueba tendrá carácter eliminatorio: apto o no apto

La valoración total será la resultante de la suma de A + B + C + APTO en D

Los aspirantes que habiendo superado todas las pruebas del procedimiento de provisión, no consigan obtener ninguno de los puestos de trabajo convocados, permanecerán en un bolsín establecido al efecto para cubrir vacantes en caso de que se produzcan. Este bolsín estará en vigor hasta que se realice una nueva convocatoria de provisión para cubrir puestos de trabajo del DASI y, en todo caso, hasta los dos años de duración legalmente establecidos.

6. ACCESOS PARA PERMUTA Y COBERTURA DE FUTURAS VACANTES

Cualquier cobertura de vacante o permuta de un miembro del DASI con un miembro de otra unidad supondrá la superación del procedimiento de provisión establecido en el apartado anterior (PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO), y siempre supeditado a la superación de las pruebas para acceder a la otra unidad - en caso de que existieran-por parte del agente del DASI que quiere permutar, siendo la adjudicación del puesto de trabajo de manera provisional hasta que se supere el procedimiento de provisión antes mencionado. En caso de no superación del procedimiento de provisión, el agente volverá a su puesto de trabajo.

7. CRITERIOS DE PERMANENCIA Y REMOCIÓN

Los agentes que resulten seleccionados y destinados al DASI en esta convocatoria, no podrán hacer ningún cambio de destino durante los 24 primeros meses al día siguiente de su incorporación a la unidad, exceptuando la participación en procedimientos selectivos de promoción interna.

Se realizarán planes de formación anuales adecuados a los objetivos de la propia unidad supervisados por el EMF, y que serán de obligado cumplimiento por los integrantes del DASI. Estos planes se desarrollarán dentro del horario laboral según establezca la propia jefatura de la unidad.

La no realización de los planes de formación del DASI (imputable, y sin justificación al funcionario adscrito al DASI) y/o el incumplimiento del punto C del apartado requisitos para poder acceder de esta IS y/o el incumplimiento del artículo 33 del Decreto 67/2007, de 7 de Junio, por el que se aprueba el reglamento marco de medidas urgentes de las policías locales de las Islas Baleares, sin perjuicio de lo previsto en el régimen disciplinario, supondrá la remoción del puesto de trabajo del DASI, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92.1 y 93 de la ley 3/2007, de 27 de marzo de función pública de las Islas Baleares.

8. RETRIBUCIÓN ECONÓMICA

Los componentes del DASI tendrán las percepciones económicas que leS correspondan por su condición de funcionarios y por los servicios realizados, que serán:

- Retribución según convenio, correspondiente a la opción elegida por festivos trabajados.

- Retribución según convenio, proporcional al turno de noche trabajado.

- Retribución según convenio, correspondiente a los sábados y domingos trabajados.

- Retribución según convenio, correspondiente a la renuncia al día libre.

- Complemento dentro del complemento específico por conceptos de localización y flexibilidad horaria. Se entiende por localización y flexibilidad horaria de los miembros del DASI:

a) La localización mediante el teléfono móvil corporativo activado las 24 horas, a excepción del período de vacaciones y cuando se esté de baja laboral, indispuesto y/o disfrutando de licencias/permisos regulados por convenio.

b) La flexibilidad para realizar diferentes turnos de trabajo y/o horarios, los cuales serán comunicados a los agentes con una antelación mínima de 24 horas.

9. COMISIÓN DE VALORACIÓN.

Por resolución del órgano competente, y junto con la convocatoria de la provisión, se designará la Comisión de Valoración con la siguiente composición:

- El jefe de la Policía Local de Palma.

- Un mando de la escala técnica.

- Un mandos de la escala ejecutiva.

- Dos componentes de la escala básica.

Asimismo se designará un secretario.

- ANEXO A - TEMARIO

Ley 6/2005, de 3 de junio, de coordinación de Policías Locales de las Islas Baleares.

TÍTULO VII-Régimen disciplinario

Cap. I. Principios generales.

Cap. II Faltas y sanciones.

Decreto 67/2007, de 7 de junio, de reglamento marco de medidas urgentes de las policías locales de las Islas Baleares.

TÍTULO IX-Régimen disciplinario.

Cap. I Disposiciones generales.

Cap. IV Competencia sancionadora y procedimiento.

Cap. V Extinción de la responsabilidad disciplinaria.

LO 10/1995 del Código Penal.

TÍTULO I - Circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

Cap. II al V

TÍTULO XIX - Delitos contra la administración pública.

Cap. I al IX.

TÍTULO XXI-De los delitos cometidos por funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.

Cap. V.

Decreto 45/95, de 4 de mayo, de Reglamento del régimen disciplinario de la función pública de las Islas Baleares.

TÍTULO II Procedimiento sancionador.

Cap. Y Iniciación.

Cap. II Extinción de la responsabilidad.

Cap. III Instrucción.

Cap. IV Resolución.

Cap. V Tramitación de faltas leves.

Cap. VI Caducidad del procedimiento.

Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de la s Islas Baleares.

TÍTULO X Régimen disciplinario.

Cap. III Procedimiento disciplinario.

PROPUESTA 155 - MODIFICACIÓN PARCIAL R.LL.T. PERSONAL FUNCIONARIO

ÁREA:

POL

POLICIA LOCAL DE PALMA

ÓRGANO:

POL100

JEFATURA

UNIDAD:

POL1004000

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS INTERNOS (DASI)

PUESTOS DE TRABAJO QUE SE DAN DE BAJA

CÓDIGO

PUESTO DE TRABAJO

NL

TL

CD

CE

FP

ADM

GR

TJ

TH

ESCALAS

PLAZAS - DESCRIPCIONES

REQUISITOS

CAT

OBS

F40061099

OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

1

S

19

28

CE

AJP

C1

JEA

H3

AE

3108 - OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

B

PUESTOS DE TRABAJO QUE SE MODIFICAN

DONDE DICE:

CÓDIGO

PUESTO DE TRABAJO

NL

TL

CD

CE

FP

ADM

GR

TJ

TH

ESCALAS

PLAZAS - DESCRIPCIONES

REQUISITOS

CAT

OBS

F40061034

OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

1

S

19

28

CE

AJP

C1

JEA

H3

AE

3108 - OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

B

F40071766

POLICÍA LOCAL

3

S

16

18

CE

AJP

C1

JEA

H3

AE

3109 - POLICÍA LOCAL

B

DEBE DECIR:

CÓDIGO

PUESTO DE TRABAJO

NL

TL

CD

CE

FP

ADM

GR

TJ

TH

ESCALAS

PLAZAS - DESCRIPCIONES

REQUISITOS

CAT

OBS

F40061034

OFICIAL DE POLICÍA LOCAL DASI

2

S

19

238

CE

AJP

C1

JEA

HP14

AE

3108 - OFICIAL DE POLICÍA LOCAL

B

LIF, RDL

F40071766

POLICIA LOCAL DASI

1

S

16

239

CE

AJP

C1

JEA

HP14

AE

3109 - POLICÍA LOCAL

B

LIF, RDL

LEYENDA

NL

NÚMERO DE PUESTOS

TL

TIPO DE PUESTOS

S

SINGULARIZADO

CD

COMPLEMENTO DE DESTINO

CE

COMPLEMENTO ESPECÍFICO

18

13.171,06 € año/2013

28

14.769,58 € año/2013

238

21.478,10 € año/2013

239

19.259,52 € año/2013

FP

FORMA DE PROVISIÓN

CE

CONCURSO ESPECÍFICO

ADM

ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

AJP

AYUNTAMIENTO DE PALMA

GR

GRUPO

TJ

TIPO DE JORNADA

JEA

JORNADA ESPECIAL AMPLIADA - 40 HORAS SEMANALES

TH

TIPO DE HORARIO

H3

HORARIO DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL

HP14

HORARIO DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS INTERNOS SEGÚN ACUERDO DE JUNTA DE GOBIERNO VIGENTE

OBS

OBSERVACIONES

LIF

LOCALIZACIÓN Y FLEXIBILIZACIÓN HORARIA

RDL

RENUNCIA DÍA LIBRE