Convenio Colectivo de Emp...Las Palmas

Última revisión
15/02/2008

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCIA. PERSONAL LABORAL de Las Palmas

Empresa Provincial. Versión Validez desde 15 de Febrero de 2008 en adelante

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Resolucion Complementaria del Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Santa Lucia (Personal Laboral) (Boletín Oficial de Las Palmas num. 22 de 15/02/2008)

Con fecha 19 de junio de 2007 se dictó Resolución n ° 654, por la que se ordenaba la inscripción en el Registro de Convenios Colectivos del AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA ( PERSONALLABORAL) , así como su deposito en el Servicio de Mediación, Arbi traje y Conciliación ( SEMAC) y la publicación en el B. O. P. , lo que se efectuó en el Anexo N ° 89 al Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, de fecha 6 de julio de 2007.

Con fecha 26 de diciembre de 2007, se recibe el acta de fecha 12 de septiembre de 2007, de la comisión negociadora en relación a la modificación de los horarios de trabajo de los peones vigilantes de Colegios Públicos , por lo que esta Dirección General

RESUELVE

Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, el acta de fecha 12 de septiembre de 2007, de la comisión negociadora en relación a la modificación de los horarios de trabajo de los peones vigilantes de Colegios Públicos correspondiente al AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA ( PERSONAL LABORAL) que se encuentra depositado en el S. .E. M. A. C. EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Pedro Tomás Pino Pérez.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA

Reunidos en Vecindario, a 12 de septiembre de 2007, siendo las 13.00 horas, las personas que a continuación se detallan

a) En representación de la empresa:

D. Luis Campos Jiménez, Concejal Delegado de Policía

D. Aurelio Falcón Déniz, Concejal de Personal

D. Antonio Ruiz Pérez, Concejal de Urbanismo

b) En representación de los trabajadores:

Por los Órganos Unitarios: Como representantes de los Comités de Empresa:

Del Personal Laboral de plantilla, fijos e interinos:

D. José Santana Martel

D. Francisco Castro Sánchez

D. Francisco Guedes Suárez ( encalidad de Asesor)

Del Personal Laboral Contratado:

D ª M ª Soledad Ramírez Bochard.

D. José López Cubas

D. Carmelo Sánchez Santana

Por las Secciones Sindicales legalmente constituidas:

Por la Sección Sindical de CCOO: D. Abel Franco Álvarez.

Como Asesor de CCOO: D. Benigno López Báez

Por UGT:

Como delegado sindical: D. Manuel Zambrano Bueno

Por Intersindical: D. Luis Ramírez Quintana

Como Secretaria de la Comisión comparece Doña M ª Candelaria González Jiménez al objeto de tratar, entre otros, los siguientes puntos del orden del día:

La Modificación de los horarios de trabajo de los peones vigilantes de Colegios Públicos:

Se decide en este sentido por todos los componentes de la Comisión Negociadora que el horario de los Vigilantes de Colegios es de 37 horas y media semanales ( 35de permanencia obligatoria en el puesto de trabajo o centro en que preste servicios, con derecho a media hora de descanso en la jornada diaria) .

El horario se distribuirá en función y coordinación con la Dirección de los Centros y la Concejalía Delegada del Área, incluyendo en su jornada un día de tarde, como hasta ahora, fijado de la misma manera.

Dado que son ya 15.45 horas, se propone concluir la reunión en este punto y continuarla la próxima semana, fijándose el jueves día 20 de septiembre a las 12.30 horas, aceptando todos los componentes de la Mesa.