Convenio Colectivo de Empresa de GENERALIDAD DE CATALUÑA. PERSONAL LABORAL (79000692011994) de Cataluña
Convenios
Convenio Colectivo de Emp...e Cataluña

Última revisión
07/06/2023

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de GENERALIDAD DE CATALUÑA. PERSONAL LABORAL (79000692011994) de Cataluña

Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 31 de Mayo de 2023 en adelante

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

RESOLUCIÓN EMT/1793/2023, de 23 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial de la Comisión negociadora del Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, relativo a la creación de un complemento retributivo para la categoría A1 Analista informático adscrito al Idescat (código de convenio núm. 79000692011994). (Diario Oficial de Cataluña num. 8927 de 31/05/2023)

RESOLUCIÓN EMT/1793/2023, de 23 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial de la Comisión negociadora del Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, relativo a la creación de un complemento retributivo para la categoría A1 Analista informático adscrito al Idescat (código de convenio núm. 79000692011994).

Visto el texto del Acuerdo parcial de la Comisión negociadora del Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, relativo a la modificación del artículo 41.10 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, para la inclusión de un nuevo complemento retributivo para la categoría A1 Analista informático adscrito al Idescat, suscrito en fecha 23 de marzo de 2023, y de acuerdo con el que disponen el artículo 90.2 y 3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de 1 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

Resuelvo:

â€1 Disponer la inscripción del acuerdo parcial mencionado en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión negociadora.

—2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

Barcelona, 23 de mayo de 2023

Òscar Riu Garcia
Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Traducción del texto original firmado por las partes

Acuerdo de la Comisión negociadora del Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña por el que se crea un complemento retributivo para la categoría A1 Analista informático adscrito al Idescat

Reunida la Comisión negociadora del Convenio colectivo único del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, en fecha 23 de marzo de 2023

Acuerda

Modificar el artículo 41.10 del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, para la inclusión de un nuevo complemento retributivo para la categoría A1 Analista informático adscrito al Idescat, del Departamento de Economía y Hacienda.

En este sentido, se añade un nuevo apartado en la parte final de este artículo con el siguiente redactado:

- Complemento de puesto de trabajo Categoría A1 Analista informático del Idescat:

Importe: 603,09 euros mensuales x 12 pagas

Requisitos de percepción: realización de las siguientes funciones: realizar las actividades de diseño, programación, desarrollo y mantenimiento de los programas asociados a los distintos proyectos estadísticos.

Este complemento supone una equiparación retributiva con el nivel A-23 funcionarial.

Estas funciones de la categoría de Analista informático se corresponden principalmente con la categoría de Analista informático pero con conocimientos específicos de estadística y no coinciden con las de los cuerpos generales ni con las de los cuerpos específicos.

Administración

CCO

UGT

IAC-CATAC