Convenio Colectivo de Emp...e Cataluña

Última revisión
22/04/2010

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de GENERALIDAD DE CATALUÑA. PERSONAL LABORAL (79000692011994) de Cataluña

Empresa Autonómico. Versión Validez desde 01 de Enero de 2010 en adelante

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CORRECCION DE ERRATAS en la Resolucion TRE/769/2010, de 6 de abril, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del acuerdo sobre modificaciones al texto articulado del VI Convenio colectivo unico del personal laboral de la Generalidad de Cataluña (codigo de convenio num. 7900692). (Diario Oficial de Cataluña num. 5613 de 22/04/2010)

Preambulo

Habiendo observado que se publicó de manera incompleta el texto del acuerdo sobre modificaciones al texto articulado del VI Convenio colectivo único del personal laboral de la Generalidad de Cataluña (código de convenio núm. 7900692) suscrito en fecha 23.3.2010, por los representantes de la Administración y por la parte social por los representantes de CCOO y UGT, y publicado en el DOGC núm. 5593, pág. 22602, de 23.3.2010.

Dado que esta Dirección General es competente para proceder a la rectificación de la resolución de inscripción y publicación del Acuerdo que nos ocupa, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 90.2 y 3 de Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores y el artículo 170 de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación,

Resuelvo:

Disponer la publicación del texto completo del acuerdo sobre modificaciones al texto articulado del VI Convenio colectivo único del personal laboral de la Generalidad de Cataluña (código de convenio núm. 7900692) previo cumplimiento de los trámites pertinentes.

Notifíquese esta resolución a la Comisión negociadora del Convenio.

Barcelona, 6 de abril de 2010

Salvador Álvarez Vega

Director general de Relaciones Laborales

Traducción literal del texto firmado por las partes

Acuerdo de la Comisión Negociadora, sobre modificaciones al texto articulado del VI Convenio colectivo único del personal laboral de la Generalidad de Cataluña.

Día: 03.02.2010

Hora: 10 h.

Lugar: sala de reuniones de la DG de la Función Pública (Pl. de Cataluña, núm. 20, 3ª planta).

Representantes por parte de la Administración

Representantes de la parte social:

CCOO.

UGT

Secretaria

De conformidad con lo que establecen los artículos 28 y 12 b del VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña para el personal laboral de la Generalidad de Cataluña, para el periodo 2004-2008, y dado que este año no ha sido denunciado el VI Convenio, por ninguno de las dos partes, y que, por lo tanto, se prorrogue tácitamente, como así lo indica su artículo 7,

Acuerdan

IPublicar el incremento salarial correspondiente al año 2010 pactado por esta Comisión Negociadora en su reunión de fecha 3 de febrero de 2010 y que se transcribe literalmente a continuación:

Acuerdo de 3 de febrero de 2010:

Reunida la comisión negociadora del VI Convenio colectivo Único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Generalidad de Cataluña, y en cumplimiento de lo que disponen los apartados gr) y h) del artículo 28 de este convenio,

Acuerdan:

1.

Que el incremento salarial para el año 2010 para el personal incluido en el ámbito de aplicación de este Convenio colectivo será de un 0,3%, distribuido de forma proporcional entre todos los conceptos retributivos.

2.

Este incremento se hará efectivo en la nómina del mes de febrero de 2010 con efectos retroactivos a 1 de enero de 2010.

Con este acuerdo las partes dan por finalizada la negociación correspondiente al ejercicio 2010 de las condiciones retributivas del personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad.

Las tablas retributivas para el personal laboral resultantes de la aplicación de este acuerdo de revisión salarial para el año 2010 son las que se adjuntan a esta acta como Anexo 1.

3.

Garantizar que el año 2010 el personal laboral incluido en el ámbito de este convenio disfrutará de las mejoras económicas equivalentes que, en cumplimiento del punto 2 del Acuerdo de 24 de noviembre de 2009 de la Mesa General de Negociación, se puedan acordar para el personal funcionario de la Generalidad de Cataluña.

II. Modificar el texto del VI Convenio colectivo único del personal laboral de la Generalidad de Cataluña. Las modificaciones acordadas constan en el Anexo 2 de esta acta y tendrán efectos económicos de 1 de enero de 2010.

III. Proceder de acuerdo con el establecido en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos de trabajo.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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