Convenio Colectivo de Emp...e Asturias

Última revisión
01/02/2012

Sentencia/Laudo. Convenio Colectivo de Empresa de LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S.A. de Asturias

Empresa Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 13 de Enero de 2012

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Documento oficial en PDF(Páginas 13-13)

Resolucion de 13 de enero de 2012, de la Consejeria de Economia y Empleo, por la que se dispone la inscripcion y deposito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de la Direccion General de Trabajo, del contenido del acuerdo adoptado entre U.G.T.-Asturias y la empresa Lacera Servicios y Mantenimiento, S.A., en materia de conflicto colectivo por el procedimiento de mediacion seguido en el Servicio Asturiano de Solucion Extrajudicial de Conflictos. [Cod. 2012-00840] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 25 de 01/02/2012)

Preambulo

Visto el texto del acuerdo adoptado en materia de conflicto colectivo, de fecha 10 de mayo de 2011, entre UGT-Asturias y la empresa Lacera Servicios y Mantenimiento, S.A., en virtud del procedimiento de mediación seguido en el Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos con n.º expediente en el SASEC C/0078/11, recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias (expediente n.º 33100071042011), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83.3, 90 y 91 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en el artículo 156.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en el artículo 17.2 del Reglamento de Funcionamiento del Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos, y en uso de las facultades conferidas por Resolución de 22 de noviembre de 2011, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en la titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Primero.-

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de mediación como consecuencia de la interposición de conflicto colectivo, en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito.

Oviedo, a 13 de enero de 2012.

-El Consejero de Economía y Empleo.-P.D. autorizada en Resolución de 22-11-2011 (publicada en el BOPA núm. 275, de 28-11-2011), la Directora General de Trabajo.-Cód. 2012-00840.