Última revisión
03/02/2012
Sentencia/Laudo. Convenio Colectivo de Empresa de LACERA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S.A. de Asturias
Empresa Autonómico. Versión Validez desde 03 de Febrero de 2012 en adelante
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Convenio Colectivo
Convenio afectado por
Resolucion de 13 de enero de 2012, de la Consejeria de Economia y Empleo, por la que se dispone la inscripcion y deposito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de la Direccion General de Trabajo, del contenido del acuerdo adoptado entre UGT-Asturias, y la empresa Lacera Servicios y Mantenimiento, S.A., en materia de conflicto colectivo, por el procedimiento de mediacion, seguido en el Servicio Asturiano de Solucion Extrajudicial de Conflictos. [Cod. 2012-01049] (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 27 de 03/02/2012)
Visto el texto del acuerdo adoptado en materia de conflicto colectivo, de fecha 10 de mayo de 2011, entre UGT-Asturias y la empresa Lacera Servicios y Mantenimiento, S.A., en virtud del procedimiento de mediación seguido en el Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos con n.º expediente en el SASEC c/0075/11, recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias (expediente n.º 33100051042011) y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83.3, 90 y 91 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en el artículo 156.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en el artículo 17.2 del Reglamento de Funcionamiento del Servicio Asturiano de Solución Extrajudicial de Conflictos, y en uso de las facultades conferidas por Resolución de 22 de noviembre de 2011, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,
RESUELVO
Primero.-
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de mediación como consecuencia de la interposición de conflicto colectivo, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito.
Oviedo, a 13 de enero de 2012.
-El Consejero de Economía y Empleo.-P.D. autorizada en Resolución de 22-11-2011 (publicada en el BOPA núm. 275, de 28-11-2011), la Directora General de Trabajo.-Cód. 2012-01049.
