Convenio Colectivo de Emp...de Bizkaia

Última revisión
09/09/2013

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de LANTIK, S.A. (48004752011998) de Bizkaia

Empresa Provincial. Versión Validez desde 09 de Septiembre de 2013 en adelante

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Documento oficial en PDF(Páginas 324-324)

Resolucion de la Delegada Territorial de Trabajo, Empleo y Politicas Sociales de Bizkaia del Departamento de Empleo y Politicas Sociales, por la que se dispone el registro, publicacion y deposito de la modificacion del Convenio Colectivo de la empresa LANTIK, S. A. (codigo de convenio numero 48004752011998) (Boletín Oficial de Bizkaia num. 172 de 09/09/2013)

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA LANTIK, S. A. (CÓDIGO DE CONVENIO NÚMERO 48004752011998).

Resolución de la Delegada Territorial de Trabajo, Empleo y Políticas Sociales de Bizkaia del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito de la modificación del Convenio Colectivo de la empresa LANTIK, S. A. (código de convenio número 48004752011998)

ANTECEDENTES

Primero: Por vía telemática se ha presentado en esta delegación el convenio citado, suscrito por la dirección y el comité de empresa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: La competencia prevista en el artículo 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo («BOE» de 29-3-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 19.1.g del Decreto 191/2013, de 9 de abril («BOPV» de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero, («BOPV» de15-02-2011) y con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo («BOE» de 12/06/2010) sobre registro de convenios colectivos.

Segundo: El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud

RESUELVO:

Primero:

Ordenar su inscripción y depósito en la Sección Territorial de Bizkaia del Registro de Convenios Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo:

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».

Bilbao, a 4 de septiembre de 2013.

-La Delegada Territorial de Bizkaia, Iciar González Carrasco

REUNIDOS

De una parte, y en representación de la sociedad mercantil de carácter público Lantik, S.A., el Director Gerente, Carlos Royuela Garrán, y la Jefa de Recursos Humanos y Secretaria, Teresa Valencia Santana.

Y de la otra parte, en representación del Comité de Empresa de Lantik, S.A., Eneritz Etxabe Urionabarrenetxea, Javier Vicente Pujana, Alfonso Aguirre Prado y Fco. Javier Calle de la Peña.

MANIFIESTAN

Que el objeto de la presente reunión es la formalización del Acuerdo para el mantenimiento de la vigencia del Convenio Colectivo de Lantik, S.A., regulador de las condiciones laborales del personal de la entidad.

Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación aplicable, las partes legítimamente capacitadas

ACUERDAN

Primero:

Aprobar y suscribir el presente Acuerdo por el que se mantiene la vigencia del Convenio Colectivo regulador de las condiciones de trabajo del personal de Lantik, S.A., a partir del 7 de julio de 2013.

Segundo:

Hasta que se firme un nuevo Convenio Colectivo que sustituya al actual, éste mantendrá su vigencia dispositiva.

Tercero:

Las partes se comprometen al inicio de negociaciones para la aprobación de un nuevo texto de Convenio Colectivo regulador de las condiciones de trabajo del personal de Lantik, S.A., una vez hayan tenido lugar éstas en el ámbito foral.

En Bilbao, a 5 de julio de 2013.

-Por Comité de Empresa.-Por Lantik, S.A.