Última revisión
18/06/2007
Sentencia/Laudo. Convenio Colectivo de Empresa de LINSER FOODS, S.L. de Madrid
Empresa Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 15 de Junio de 2007
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Resolucion de 10 de abril de 2007, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Empleo y Mujer, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa Linser Foods, Sociedad Limitada, y miembros del comite de huelga ( PCM47/2007) . (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 141 de 15/06/2007)
RESUELVE
Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente AnexoenelBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 10 de abril de 2007. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
Expediente número PCM47/2007. En Madrid, a las nueve y treinta horas del día 7 de febrero de 2007.
Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
Presidente: Don Arturo Esteban Morales, con número de identificación fiscal 52376419- Z.
Vocal: Don Diego Ribera Sanchís, con número de identificación fiscal 835340- A.
Vocal: Don José Ignacio Rodríguez Martín, con número de identificación fiscal 5226649- Z.
Vocal: Doña Desiree Moreno Urda, con número de identificación fiscal 5272154- W.
Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas, con número de identificación fiscal 51864886- R.
Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente citado, registrada en esta sede con fecha 2 de febrero de 2007:
De una parte, y que constan como citados, comparecen: Don Fernando Fernández Gallo, con número de identificación fiscal 5284063- C, en calidad de responsable Delegación Madrid.
La empresa Linser Foods, Sociedad Limitada , domiciliada en la carretera de Villaverde a Vallecas, kilómetro 3,5, CTM, nave S 6 D, 28053 Madrid ( MadridCiudad) .
De otra parte, y que constan como citados, comparecen y actúan en nombre de los trabajadores:
Doña Patricia Serrano Bravo, con número de identificación fiscal 50206494- R, en calidad de miembro del comité de huelga.
Don Ricardo Rollón Sebastián, con número de identificación fiscal 53134093- E, en calidad de Asesor FC y TCC OO.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación de los trabajadores
ABIERTO EL ACTO
La representación de los trabajadores manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.
Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos: La empresa se compromete a aplicar el acuerdo de fecha 10 de julio de 2006, firmado ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid entre ambas partes.
La empresa actualizará las nóminas de enero de acuerdo con lo pactado antes del 28 de febrero de 2007.
La nómina de febrero se preparará directamente de acuerdo con dicho pacto.
La parte social se compromete a desconvocar la huelga planteada para los días 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de febrero de 2007.
El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
El presente acuerdo tiene el valor de trámite preprocesal ( intento de conciliación) previsto en el artículo 63 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo asimismo fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley Rituaria.
Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las nueve cincuenta y cinco horas del día de hoy.
