Última revisión
10/08/2007
Calendario. Convenio Colectivo de Empresa de T2 OPELOG, S.A. de Madrid
Empresa Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007
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Resolucion de 13 de abril de 2007, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Empleo y Mujer, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa T2 Opelog, Sociedad Anonima, y miembros del comite de huelga ( PCM172/2007) . (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 189 de 10/08/2007)
RESUELVE
Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente AnexoenelBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 13 de abril de 2007. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
Expediente número PCM172/2007.
En Madrid, a las diez horas del día 29 de marzo de 2007. Ante el Instituto Laboral de Madrid, compuesto por:
Presidente: Doña Desiree Moreno Urda, con número de identificación fiscal 5272154- W.
Vocal: Don Pablo Jiménez Morchón, con número de identificación fiscal 1814997- K.
Vocal: Don Diego García Sanz, con número de identificación fiscal 1059201- M.
Vocal: Doña Ingrid Fernández Jiménez, con número de identificación fiscal 33508095- Q.
Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas, con número de identificación fiscal 51864886- R.
Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en esta sede con fecha 23 de marzo de 2007:
De una parte, y que constan como citados, comparecen: Don Bernardo Hernández Iglesias, con número de identificación fiscal 7970615- B, en calidad de director de Recursos Humanos.
Don Luis Alberto Porras Lombardo, con número de identificación fiscal 46920287- B, en calidad de jefe de planta Leganés.
La empresa T2 Opelog, Sociedad Anónima , domiciliada en la calle del Trigo, número 39, polígono industrial Polvoranca , 28914 Leganés ( Metropolitana Sur) .
De otra parte, y constan como citados, comparecen y actúan en nombre de los trabajadores:
Don Antonio Mateo Paredes, con número de identificación fiscal 501629441, en calidad de miembro del comité de huelga.
Don Ángel Berrio Martín, con número de identificación fiscal 2266129- P, en calidad de miembro del comité de huelga.
Don Ricardo Rollón Sebastián, con número de identificación fiscal 53134093- E, en calidad de asesor FC y TCC OO.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación de los trabajadores
ABIERTO EL ACTO
La representación de los trabajadores manifiesta su postura en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.
Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos:
1. Ambas partes acuerdan que durante el año 2007 se pondrán a disposición de los trabajadores de este centro de trabajo cuatro días de asuntos propios a disfrutar antes de la finalización del año.
2. Con el fin de incrementar la plantilla fija de la empresa, se pacta que en el plazo máximo de dos meses, se transformarán entre cinco y ocho contratos eventuales en indefinidos.
3. Ambas partes se comprometen a crear una mesa negociadora para tratar una retribución variable, ligada a elementos como calidad de la producción, con el objetivo de llegar a un acuerdo de retribución para el año 2008.
4. Ambas partes manifiestan su firme voluntad de resolver en el futuro cualquier tipo de discrepancia, utilizando siempre la vía del diálogo y mediación, evitando medidas de conflicto.
5. En virtud del presente acuerdo, se desconvoca la huelga objeto de este expediente.
El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley.
Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez y veinticinco horas del día de hoy. La Secretaria suplente ( firmado) .
