Última revisión
05/06/2008
Revision. Convenio Colectivo de Empresa de SERVEIS INTEGRALS DE MANTENIMENT RUBATEC, S.A. (BARCELONA) (08010061011998) de Barcelona
Empresa Autonómico. Versión Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante
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RESOLUCION TRE/1697/2008, de 28 de abril, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Acuerdo de revision del IPC para el año 2007 del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Serveis Integrals de Manteniment Rubatec, SA (servicio de alumbrado publico de la ciudad de Barcelona), (codigo de convenio num. 0810061). (Diario Oficial de Cataluña num. 5146 de 05/06/2008)
Resuelvo:
1 Disponer la inscripción del Acuerdo de revisión del IPC para el año 2007 del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Serveis Integrals de Manteniment Rubatec, SA (servicio de alumbrado público de la ciudad de Barcelona), (código de convenio núm. 0810061) en el Registro de convenios de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Barcelona.
2 Disponer que el texto mencionado se publique en el DOGC.
Barcelona, 28 de abril de 2008
Elisenda Giral i Masana
Directora de los Servicios Territoriales en Barcelona
Transcripción literal del texto firmado por las partes
ACUERDO de revisión de IPC para el año 2007 del Convenio colectivo de la empresa Serveis Integrals de Manteniment Rubatec, SA (servicio de alumbrado público de la ciudad de Barcelona)
Relación de asistentes
Por la empresa: Juan José Garcia y Marc Prósper.
Por la representación social: Maribel Andreu y Antonio Lucena.
En Barcelona, siendo las 10 horas del día 13 de febrero de 2008, se reúnen, las personas arriba relacionadas, las cuales constituyen la Comisión Mixta Paritaria, del Convenio colectivo sindical de la empresa Serveis Integrals de Manteniment Rubatec, SA exclusivo para el colectivo de trabajadores del alumbrado público de la ciudad de Barcelona.
Abierta la sesión, ambas partes se reconocen con capacidad suficiente para acordar la aplicación de la revisión salarial para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2007, según lo estipulado en el artículo 16 (incrementos económicos) del vigente Convenio colectivo sindical de la empresa Serveis Integrals de Manteniment Rubatec, SA, exclusivo para el colectivo de trabajadores del alumbrado público de la ciudad de Barcelona.
Realizados los cálculos convenientes, ambas partes, acuerdan aprobar la tabla salarial, que se aumenta en un 2,3%, resultante de la diferencia entre el IPC previsto para el año 2007 (2%) y el IPC real para el año 2007 que ha sido del 4,3%. El importe de la paga de atrasos de la revisión del año 2007, se debe abonar en una sola paga durante el mes de febrero. Asimismo, la tabla actualizada se incluye como anexo 1 a la presente acta.
Asimismo se acuerda que el resto de conceptos económicos (antigüedad, pluses ad personam, etc.) se verán incrementados en un 2,3%, en las cantidades que por artículos seguidamente se relacionan, así como la modificación de la fórmula del plus de nocturnidad que se adjunta como anexo 2.
Euros
Artículo 18. Antigüedad
Por trienio y mes
21,54
Artículo 19. Paga de marzo
(2007) revisada
1.399,39
Artículo 20. Premio de vinculación
25 años
827,20
40 años
1.323,55
Artículo 21. Horas extraordinarias
Días hábiles
14,53
Sábados y festivos
15,57
Artículo 22. Guardias
Presencia fin de semana
Turno día
424,03
Presencia fin de semana
Turno noche
498,74
Presencia un festivo
Turno día
212,00
Presencia un festivo
Turno noche
249,37
Responsables
Semanal
228,18
Salida domicilio
46,71
Festivos especiales
45,63
Artículo 24. Plus tarde
236,24
Voluntariedad por IT
36,91
Voluntariedad por día trabajado
12,95
Artículo 25. Plus de conducir
Carnet B1
2,72
Carnet C1
3,89
Artículo 26. Plus peligrosidad
4,87
Artículo 27. Plus jefe equipo
99,32
Artículo 28. Plus transporte
(Por 11 meses)
66,61
Artículo 29. Dietas
Completa
44,48
Media dieta
14,82
Artículo 30. Kilometraje
0,24
Artículo 36. Seguro de vida
Fallecimiento natural
27.626,62
Fallecimiento accidente
36.835,50
Fallecimiento accidente circulación, invalidez,
gran invalidez e invalidez permanente absoluta
55.253,25
Artículo 38. Nupcial-natalid.
Nupcialidad
827,20
Natalidad
330,89
Artículo 40. Ayuda escolar y Preescolar
130,00
Artículo 41. Rotura gafas
147,98
Se acuerda que la representación social se haga cargo de solicitar registro y publicación al Departament de Treball.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión siendo las horas, firman la presente Acta, anexo 1 y anexo 2 la totalidad de la Comisión Mixta Paritaria.
Anexo 1
Tabla salarial para el año 2007 (revisada)
| Salario (euros) |
Total anual (euros) |
|
| Técnicos administrativos |
||
| Técnico y encargado |
2.413,06 |
37.595,29 |
| Jefes adm. y programador |
2.006,64 |
31.498.99 |
| Oficial primera admvo. |
1.600,38 |
25.405,09 |
| Oficial segunda admvo. |
1.428,64 |
22.828,99 |
| Auxiliar admvo. |
1.229,94 |
19.848,49 |
| Operarios |
||
| Montador-capataz |
1.678,07 |
26.570,44 |
| Oficial A |
1.566,16 |
24.891,79 |
| Oficial B |
1.428,64 |
22.828,99 |
| Ayudante |
1.229,94 |
19.848,49 |
| Peón |
1.049,68 |
17.144,59 |
Anexo 2
Artículo 23. Plus nocturno
Trabajo turno noche
Sa = [11 Sm + 3 Sm + 1.399,39 euros] x 1,3 + 1 Sm
Sa = (14 Sm + 1.399,39 euros) x 1,3 + 1 Sm
Sa = 19,2 Sm + 1.819,21 euros
Trabajo turno diurno
Sa = 15 Sm + 1.399,39 euros
Incremento
Nocturno = (19,2 Sm + 1.819,21 euros) - (15 Sm + 1.399,39 euros)
Nocturno = 4,2 Sm + 419,82
Hora nocturna = 4,2 Sm + 419,82 /1.712 = 0,00245327 Sm + 0,2452
Ej. Of. B. Operario = 1.428,64 x 0,00245327 + 0,2452 euros = 3,504840 + 0,21906 = 3,750040 euros.
Of. B = Hora nocturna = 3,75 euros.
(08.127.114)
