Convenio Colectivo de Emp...de Badajoz

Última revisión
10/07/2009

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de UNIVERSIDAD POPULAR DE BADAJOZ (06001192012002) de Badajoz

Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Enero de 2009 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 31-32)

Acta de la Comision de Seguimiento del Convenio Colectivo de la Universidad Popular de Badajoz (Boletín Oficial de Badajoz num. 128 de 08/07/2009)

Asistentes.-

En representación de la U.P.B.: Don Feliciano Carbajo Fuentes.

Como Tte. Alcalde-Delegada de la U.P.B.: Doña M.ª Dolores Beltrán de la Cruz.

Por CC.OO., como Delegado de Personal: Don Miguel A. González Pérez.

Por representación de los trabajadores: Doña Adela González Ibáñez.

En la ciudad de Badajoz, siendo las 12,00 h. del día 1 de julio de 2009, se reúnen los Sres. relacionados anteriormente, los cuáles han sido previamente citados, como miembros integrantes de la "Comisión de Seguimiento" según artículo 4.º del Convenio Colectivo de la Universidad Popular de Badajoz (D.O.E. 01-junio-02).

En este sentido, dicha Comisión de Seguimiento tiene como función, el seguimiento de la normativa acordada en convenio, debiendo entender de todas las cuestiones derivadas de la aplicación del convenio, y entre otras, las de "vigilar la aplicación de este convenio e interpretar su contenido".

Así pues, esta Comisión de Seguimiento, formada por los asistentes citados, acuerda lo siguiente:

"Con el fin de incrementar la motivación del personal contratado, tanto desde el punto de vista laboral como humano, se realizará una evaluación continua y final del empleado eventual, de forma tal que dicha evaluación dará derecho a una prórroga de seis meses más del contrato eventual por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, regulado en el artículo 15.1.b/de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 3 R.D. 2.720/98, de 18 de diciembre, siendo así que los contratos eventuales del artículo 15.1.b/E.T. pasan por este acuerdo a tener una duración máxima de doce meses (12 meses) en un periodo de dieciocho (18 meses).

Previamente, y una vez transcurridos los primeros seis meses, la Dirección y Delegación de la U.P.B. formularán la preceptiva propuesta de ampliación hasta 12 meses a aquellos trabajadores que hayan mantenido una evolución positiva en su puesto de trabajo".

Todos los asistentes están de acuerdo con dicha ampliación.

Y no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 13,00 h. del día anteriormente señalado.

Por la Administración.- Fdo.: M.ª Dolores Beltrán de la Cruz.

Por la Dirección de la U.P.B.- Fdo.: Feliciano Carbajo Fuentes.

Por CC.OO.- Delegado de Personal.- Fdo.: Miguel A. González Pérez.

Por los trabajadores.- Fdo.: Adela González Ibáñez.

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