Convenio Colectivo de Emp... de Madrid

Última revisión
12/09/2007

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de WENCESLAO GARCÍA, S.A. de Madrid

Empresa Autonómico. Versión Validez desde 01 de Junio de 2007 en adelante

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Resolucion de 10 de julio de 2007, de la Direccion General de Trabajo e la Consejeria de Empleo y Mujer, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa Wenceslao Garcia, Sociedad Anonima, y miembros del comite de empresa (PCM260/2007). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 217 de 12/09/2007)

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de julio de 2007. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM260/2007. En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del lunes, 25 de junio de 2007. Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Pedro Murga Ulibarri, con número de identificación fiscal 6359356- V.

Vocal: Don José M. Garrido de la Parra, con número de identificación fiscal 1495536- F.

Vocal: Don Pedro Baena Pérez, con número de identificación fiscal 30001476- T.

Vocal: Don Jesús Mingo Matallanas, con número de identificación fiscal 51633724- N.

Secretaria: Doña Josefa Díaz Arribas, con número de identificación fiscal 51864886- R.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en esta sede con fecha 14 de mayo de 2007:

De una parte, y que constan como citados, comparecen: Don Francisco Lorenzo Alfageme, con número de identificación fiscal 2082027- K, en calidad de responsable de Recursos Humanos.

La empresa Wenceslao García, Sociedad Anónima, domiciliada en la calle Ferrer del Río, número 21, 28028 Madrid.

De otra parte, y que constan como citados, comparecen y actúan en nombre de los trabajadores:

Don Juan Rodríguez Díez, con número de identificación fiscal 50279597- X, en calidad de representante de FECOMACC OO.

Don Rafael Moreno Cejudo, con número de identificación fiscal 51839966- J, en calidad de presidente del comité de empresa.

Don Juan Domínguez Gamo, con número de identificación fiscal 51965927- A, en calidad de miembro del comité de empresa.

Don Raúl Ruiz Alonso, con número de identificación fiscal 52110441- P, en calidad de miembro del comité de empresa.

Don Eduardo Vargas de Frutos, con número de identificación fiscal 52883288- D, en calidad de miembro del comité de empresa.

Don Santos F. Díez Sánchez, con número de identificación fiscal 47223998- F, en calidad de miembro del comité de empresa.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por la representación de FECOMACC OO

ABIERTO EL ACTO

La representación de los trabajadores manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su eiscrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de:

CON AVENENCIA

En los siguientes términos: Según acuerdo que se adjunta. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el Acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez y diez horas del día de hoy. El secretario suplente (firmado).

En Madrid, a las doce y treinta horas del viernes, 15 de junio de 2007.

Reunidos en las oficinas de la empresa el comité de empresa y la dirección.

De una parte: Don Wenceslao García Camarena, administrador. Don Francisco Lorenzo Alfageme, responsable de Recursos

Humanos. De otra parte: Don Rafael Moreno Cejudo, presidente del comité de empresa. Don Raúl Ruiz Alonso, miembro del comité de empresa. Don Emiliano Parra Martín, miembro del comité de empresa. Don Juan Domínguez Gamo, miembro del comité de empresa. Don Eduardo Vargas de Frutos, miembro del comité de empresa. Don Santos Félix Díez Sánchez, miembro del comité de empresa. Don José Luis Vicente Fabra, miembro del comité de empresa. Don Juan Rodríguez Díez, representante de FECOMACC OO. Ambas partes han llegado al siguiente acuerdo:

1. Los representantes de los trabajadores formarán una comisión de dos personas para trabajar conjuntamente con la dirección de la empresa en la reestructuración de la lista de incentivos por calidades de pintura ejecutadas. Esta reestructuración se llevará a cabo desde el 1 al 31 de octubre de 2007.

2. Las vacaciones de verano quedan estructuradas como norma general en seis turnos (desde la primera semana de junio hasta uno de los primeros diez días de octubre). A todos los trabajadores que por el sistema de rotación les corresponda el sexto turno de vacaciones y que disfruten las mismas en dicho turno se les contará un día menos de vacaciones.

3. Incremento de los precios de los trabajos extras en un 6 por 100 sobre los precios del año 2006. Este incremento se pacta desde el 1 de junio de 2007 al 31 de mayo de 2008.

4. Incremento de los precios del tóxico en un 10 por 100 sobre los precios del año 2006. Este incremento se pacta desde el 1 de junio de 2007 al 31 de mayo de 2008.

5. La dieta se incrementará en 12 euros por cada día trabajado fuera de Madrid, donde sea obligada la pernoctación fuera del domicilio habitual. Este incremento se pacta desde el 1 de junio de 2007 al 31 de mayo de 2008.

6. Incremento de los importes de los complementos por enfermedad y accidente en un 5 por 100. Este incremento se pacta desde el 1 de junio de 2007 al 31 de mayo de 2008.

(03/19.768/07)