Última revisión
18/08/2006
-. Convenio Colectivo de Empresa de WENCESLAO GARCÍA, S.A. de Madrid
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Convenio Colectivo
Convenio afectado por
Resolucion de 3 de julio de 2006, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Empleo y Mujer, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa Wenceslao Garcia, Sociedad Anonima y miembros del comite de empresa (PCM299/2006). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 196 de 18/08/2006)
RESUELVE
Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid,a3 dejuliode 2006. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
Expediente número PCM299/2006.
En Madrid, a las diez horas del martes, día 20 de junio de 2006.
Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
Presidente: Don José María MorenoYagüeMacías, con número de identificación fiscal 1937372- J.
Vocal: Don Pedro Baena Pérez, con número de identificación fiscal 30001476- T.
Vocal: Don Jesús Mingo Matallanas, con número de identificación fiscal 51633724- N.
Secretario: Don Antonio Chico Fernández, con número de identificación fiscal 1178051- Z.
Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en la sede del Instituto con fecha martes, día 30 de mayo de 2006:
De una parte, y constan como citados, comparecen: Don Francisco Lorenzo Alfageme, con número de identificación fiscal 2082027- K, en calidad de responsable de recursos humanos.
Empresa: “Wenceslao García, Sociedad Anónima”, domiciliada en la calle Ferrer del Río, número 21, 28028- Madrid (MadridCiudad).
De otra parte, y constan como citados, comparecen y actúan en nombre de los trabajadores: Don Juan Rodríguez Díez, con número de identificación fiscal 50279597- X, en calidad de representante de FECOMACC OO. Don Rafael Moreno Cejudo, con número de identificación fiscal 51839966- J, en calidad de presidente del comité de empresa. Don Juan Domínguez Gamo, con número de identificación fiscal 51965927- A, en calidad de miembro del comité de empresa.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductoriopresentado por la representación de la Federación Regional de Construcción, Madera y Afines de CC OO de Madrid
ABIERTO EL ACTO
La representación de los trabajadores manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.
Realizado el Acto de Conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos: Las partes alcanzar el acuerdo que se adjunta. El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
El presente acuerdo tiene el valor de trámite preprocesal (intento de conciliación) previsto en el artículo 63 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo, asimismo, fuerza ejecutiva entre las partes intervinientessin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley rituaria.
Leída el Acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez y treinta horas del día de hoy. El secretario suplente (firmado).
En Madrid, a las doce y treinta horas del miércoles, día 14 de junio de 2006. Reunidos, en las oficinas de la empresa, el comité de empresa y la dirección de la misma, cumpliendo con la diligencia del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid del acto de conciliación/mediación, expediente PCM299/2006.
De una parte
Don Wenceslao García Camarena, en calidad de administrador. Don Francisco Lorenzo Alfageme, en calidad de responsable de recursos humanos.
De otra parte
Don Rafael Moreno Cejudo, en calidad de presidente del comité de empresa.
Don Carlos Medina Antón, en calidad de miembro del comité de empresa.
Don Emiliano Parra Martín, en calidad de miembro del comité de empresa.
Don Juan Domínguez Gamo, en calidad de miembro del comité de empresa.
Don Juan Rodríguez Díez, en calidad de representante de FECOMACC OO.
Don Jesús Mingo Matallanas, representante de FECOMACC OO.
Ambas partes han llegado al siguiente preacuerdo:
1. Los representantes de los trabajadores formarán una comisión de dos personas para proponer a la dirección de la empresa la posible reclasificación de algunos trabajadores.
2. Incremento en los precios del incentivo en un 10 por 100, más un 1 por 100 de retroactividad (total un 11 por 100), a pagar a partir del 1 de junio de 2006 y hasta el 31 de marzo de 2008.
Si al 31 de marzo de 2007 la media de incentivo interanual (1 de abril de 2006 al 31 de marzo de 2007) hubiera sufrido un incremento del 10 por 100, a partir de 1 de abril de 2007 y hasta el 31 de marzo de 2008 el incentivo tendría un incremento adicional del 2 por 100.
3. Incremento de los precios de las horas extras de viernes tarde, sábados y festivos, en un 10 por 100 sobre los precios del año 2005.
4. Los puntos 2 y 3 vancondicionadosa la aceptación de la sustitución del importe del concepto de “media dieta” y “comidas” por “vales de comida”.
5. Elaboración de un escrito realizado y firmado por ambas partes, dirigido a todo el personal de la empresa, exhortando y recordando a todos los trabajadores la obligatoriedad de cumplir con el horario de trabajo, así como la puntualidad en las entradas y salidas del mismo.
