Convenio Colectivo de Sec...de Córdoba

Última revisión
08/06/2005

Revision. Convenio Colectivo de Sector de EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GASES LICUADOS DEL PETROLEO (14000685011982) de Córdoba

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Marzo de 2005 en adelante

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Revision Salarial para 2005 del Convenio Colectivo Provincial del Sector de las Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petroleo de Cordoba. Codigo de Convenio: 14-0068-5 (Boletín Oficial de Córdoba num. 98 de 06/06/2005)

Preambulo

Visto el Texto del Acuerdo suscrito con fecha 4 de abril de 2005, por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial del Sector de las Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo de Córdoba, por el que, en cumplimiento de lo establecido en el vigente Convenio, una vez conocido el IPC a 31 de diciembre de 2004 publicado por el INE, se procede a aprobar las condiciones económicas para el período comprendido entre el día 1 de marzo de 2005 a 28 de febrero de 2006, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto cuatro mil cuarenta y tres de mil novecientos ochenta y dos, de veintinueve de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 203/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

ACUERDA:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Córdoba, 11 de mayo de 2005. El Delegado Provincial de Empleo, Antonio Fernández Ramírez.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GASES LICUADOS DEL PETRÓLEO Y SUS TRABAJADORES, PARA LA REVISIÓN SALARIAL DEL PERÍODO 1- 3- 2005 A 28- 2- 2006.

Reunidos los miembros de la Comisión Paritaria constituida por:

Por la parte empresarial:

- Don Rafael Larrea Ruipérez.

- Don Agustín Reina Galán.

- Don Rafael Ramírez Laguna.

- Don Antonio Muñoz Longo.

Por los Trabajadores:

- Don Nicomedes Ramírez Redondo (FITEQACCOO).

- Don José María León Santiago (Asesor).

- Don Daniel Melgar Arjona (UGT).

- Don José Bascón Pérez (Asesor).

Único punto a tratar: Revisión Salarial Pactada en el artículo 2, del vigente Convenio Colectivo, publicado en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia el día 11- 2- 2005.

Una vez constatado en el Instituto Nacional de Estadística el incremento del IPC, desde el período enero de 2004 a diciembre de 2004, que ha sido el 3.2%, más 1 punto, que totaliza un incremento para la revisión salarial del 4,2%. Se procede por la Comisión Paritaria, a la revisión salarial para el período comprendido entre el día 1- 3- 2005 a 28- 2- 2006, y posterior traslado al BOLETÍN OFICIAL de la Provincia para su publicación. Las tablas salariales revisadas, son las que figuran adjuntas a la presente acta.

Los atrasos producidos por esta revisión salarial, se abonarán por las empresas a los trabajadores, según el artículo 2.2 del citado Convenio Colectivo, en el plazo de dos meses siguientes de la publicación de esta revisión en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Sin más asuntos a tratar, se levanta la sesión, aprobando y ratificando por unanimidad la presente acta con las tablas salariales revisadas adjuntas, y en prueba de conformidad firman todos los asistentes en Córdoba, siendo las 14 horas del día 4 de abril de 2005.

Varias firmas por la parte Empresarial. Varias firmas por los Trabajadores.

TABLA SALARIAL REVISADA CON EL 4.20% CON VIGENCIA PARA EL PERÍODO 1- 3- 2005 A 28- 2- 2006 CATEGORÍAS Euros/mes GRUPO 1º PERSONAL TÉCNICO

Técnico Titulado Superior con Jefatura........... 1.372,07

Técnico Titulado Superior sin Jefatura............. 1.210,03

Subgrupo 2º Técnico por Titulados Grado Medio:

Jefe Técnico Titulado........................................ 1.129,07

Técnico Titulado de Grado Medio.................... 1.047,91

Subgrupo 3º Tecn. Especializados:

Jefe Técnico Especializado.............................. 966,99

Técnico Especializado...................................... 885,96

GRUPO 2º PERSONAL ADMINISTRATIVO

Subgrupo 1º Personal de Oficinas:

Jefe Administrativo de 1ª.................................. 1.047,91

Jefe de Administrativo de 2ª............................. 966,99

Jefe de Negociado............................................ 891,83

Oficial de 1ª....................................................... 804,94

Oficial de 2ª....................................................... 764,03

Auxiliar............................................................... 683,21

Aspirantes......................................................... 420,23

Subgrupo 2º Personal de Informática:

Analista de Aplicación....................................... 966,99

Programador..................................................... 802,69

Operador-Ordenador........................................ 764,05

Perforista........................................................... 683,42

Subgrupo 3º Personal Auxiliar Oficinas:

Auxiliar de Oficina Jefe..................................... 760,66

Almacenero....................................................... 682,63

Telefonista......................................................... 634,85

Cobrador........................................................... 646,96

Auxiliar de Oficinas........................................... 708,26

GRUPO 3º PERSONAL SUBALTERNO

Vigilantes Jurados............................................. 634,88

Conserjes.......................................................... 646,96

Ordenanzas...................................................... 634,85

Guarda.............................................................. 633,72

Botones............................................................. 609,71

GRUPO 4º PERSONAL OBRERO

Subgrupo 1º Conductores:

Conductores de Vehículos Pesados................ 829,81

Conductores de Camión................................... 789,27

Conductores de Reparto.................................. 780,92

Ayudante Conductor de Camión...................... 769,04

Conductor Carretilla Elevadora........................ 769,04

Mozo Ayudante Conductor de Reparto........... 646,96

Subgrupo 2º Profesionales Oficio:

Maestro............................................................. 886,07

Oficial de 1ª....................................................... 764,44

Oficial de 2ª....................................................... 744,22

Ayudante........................................................... 663,21

Mozo de Almacén............................................. 634,91

Aprendiz............................................................ 420,14

Subgrupo 3º Especialista:

Mecánico Visitador de Revisiones. Averías. Montador instalador de gas.......................... 744,22

Subgrupo 4º Personal de Limpieza:

Limpiadora......................................................... 634,85

Hay varias firmas.