Convenio Colectivo de Sector de EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GASES LICUADOS DEL PE...85011982) de Córdoba
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Convenio Colectivo de Sec...de Córdoba

Última revisión
18/04/2007

Revision. Convenio Colectivo de Sector de EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GASES LICUADOS DEL PETROLEO (14000685011982) de Córdoba

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Marzo de 2007 en adelante

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Revision salarial para el periodo 1-3-2007 a 28-2-2008 del Convenio Colectivo Provincial de Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petroleo (GLP) de Cordoba Codigo de Convenio 14 00685 (Boletín Oficial de Córdoba num. 0 de 16/04/2007)

Preambulo

Visto el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo (GLP) de Córdoba, por el que se aprueba la revisión salarial del período comprendido entre el día 1 de marzo de 2007 al 28 de febrero de 2008, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el R. D. 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el R. D. 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, de reestructuración de Consejerías y el Decreto 203/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y del Servicio Andaluz de Empleo.

ACUERDA

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro correspondiente y su remisión para depósito al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos a la Comisión Negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Córdoba, 16 de marzo de 2007. El Delegado Provincial de Empleo, Antonio Fernández Ramírez.

ACTA DE LA REUNION DE LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GASES LICUADOS DEL PETROLEO DE CORDOBA Y SUS TRABAJADORES, PARA LA REVISION SALARIAL DEL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL DÍA 1- 3- 2007 AL 28- 2- 2008.

Reunidos los miembros de la Comisión Paritaria constituida por:

Por la parte empresarial:

- D. Rafael Santiago Larrea Prieto.

- D. Agustín Reina Galán.

- D. Rafael Ramírez Laguna.

- D. Antonio Muñoz Longo.

Por los Trabajadores:

- D. Nicomedes Ramírez Redondo (FITEQACCOO.).

- D. José María León Santiago (Asesor).

- D. Daniel Melgar Arjona (UGT).

- D. Rafael Barrera Pedrajas (Asesor)

Único punto a tratar: Revisión Salarial Pactada en el articulo 2, del Vigente Convenio Colectivo, publicado en el B. O. P Córdoba el día 11- 2- 2005.

Una vez constatado en el Instituto Nacional de Estadística el incremento del IPC, desde el periodo Enero de 2006 a Diciembre 2006, que ha sido del 2.7 %, mas 1,25 puntos, que totaliza un incremento para la revisión salarial del 3,95%. Se procede por la Comisión Paritaria, a la revisión salarial para el periodo comprendido entre el día 1- 3- 2007 a 28- 2- 2008, y posterior traslado al BOLETÍN OFICIAL de la Provincia para su publicación. Las tablas salariales revisadas, son las que figuran adjuntas a la presente acta, formando parte integrante del mismo.

Los atrasos producidos por esta revisión salarial, se abonarán por las empresas a los trabajadores, según el art. 2.2 del citado Convenio Colectivo, en el plazo de dos meses siguientes de la publicación de esta revisión en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Se autoriza al graduado social colegiado y secretario Asesor de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, D. Francisco Rodríguez López para tramitar y gestionar ante la Delegación Provincial de Empleo de la Junta de Andalucía, el registro y publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de la presente revisión salarial, firmando al efecto cuantos documentos y escritos sean necesarios o convenientes.

Sin más asuntos a tratar, se levanta la sesión, aprobando y ratificando por unanimidad la presente acta con las tablas salariales revisadas adjuntas, y en prueba de conformidad firman todos los asistentes en Córdoba, siendo las 14 horas del día 26 de Febrero del 2007.

Firmas por la parte Empresarial. Hay varias firmas. Firmas por los Trabajadores. Hay varias firmas.

TABLA SALARIAL REVISADA CON EL 3,95% CON VIGENCIA PARA EL PERIODO 1- 3- 2007 A 28- 2- 2008

CATEGORÍAS

Euros/mes

GRUPO 1º PERSONAL TECNICO

Técnico Titulado Superior con Jefatura

1496,86

Técnico Titulado Superior sin Jefatura

1320,09

Subgrupo 2º Técnicos Titulados Grado Medio:

Jefe Técnico Titulado

1231,76

Técnico Titulado de Grado Medio

1143,22

Subgrupo 3º Técnicos Especializados:

Jefe Técnico Especializado

1054,93

Técnico Especializado

966,53

GRUPO 2º PERSONAL ADMINISTRATIVO

Subgrupo 1º Personal de Oficinas:

Jefe Administrativo de 1ª.

1143,22

Jefe Administrativo de 2ª.

1054,93

Jefe de Negociado

972,94

Oficial de 1ª.

878,14

Oficial de 2ª.

833,52

Auxiliar.

745,35

Aspirantes.

458,45

Subgrupo 2º Personal de Informática:

Analista de Aplicación.

1054,93

Programador.

875,69

Operador-Ordenador.

833,54

Perforista.

745,58

Subgrupo 3º Personal Auxiliar Oficinas:

Auxiliar de Oficina Jefe

829,84

Almacenero.

744,71

Telefonista.

692,58

Cobrador.

705,79

Auxiliar de Oficinas

772,68

GRUPO 3º PERSONAL SUBALTERNO

Vigilantes Jurados.

692,61

Conserjes

705,79

Ordenanza.

692,58

Guarda

691,35

Botones.

665,16

GRUPO 4º PERSONAL OBRERO

Subgrupo 1º Conductores:

Conductores de Vehículos Pesados.

905,27

Conductores de Camión

861,04

Conductores de Reparto.

851,94

Ayudante Conductor de Camión.

838,98

Conductor Carretilla Elevadora.

838,98

Mozo Ayudante Conductor de Reparto.

705,79

Subgrupo 2º Profesionales Oficio:

Maestro.

966,66

Oficial de 1ª.

833,97

Oficial de 2ª.

811,91

Ayudante.

720,40

Mozo de Almacén

692,65

Aprendiz

458,35

Subgrupo 3º Especialista:

Mecánico Visitador de Revisiones. Averías.

Montador instalador de gas.

811,90

Subgrupo 4º Personal de Limpieza:

Limpiadora.

692,58