Convenio Colectivo de Sector de ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y...5011998) de Alicante
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
10/04/2017

Revision , Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLATANOS (03002875011998) de Alicante

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017 en adelante

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PRORROGA CONVENIO ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLATANOS (Boletín Oficial de Alicante num. 70 de 10/04/2017)

3930 PRORROGA CONVENIO ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLÁTANOS

RESOLUCION de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicación de la tabla salarial para el año 2.017, respecto del Convenio Colectivo de ámbito provincial de ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLATANOS - Código Convenio 03002875011998 -

VISTA la solicitud de registro, depósito y publicación de la Tabla Salarial para el año 2.017 del indicado convenio en el registro telemático de convenios de esta Dirección Territorial con fecha 29/3/2017, por la representación del sector del comercio de FeSMC U.G.T. de Alicante y, en aplicación de lo determinado en el artículo 4º, del mencionado convenio, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº. 260, de fecha 13 de noviembre de 2.001, en el que establece A la extinción de su período de duración o aplicación se considerará prorrogado tácitamente de año en año, siempre que no sea denunciado en los dos meses previos a su vencimiento por alguna de las partes que lo suscriben, aplicándose en tal caso el incremento del I.P.C. de los doce meses últimos más 0? 25 puntos, a partir del 1 de enero de cada anualidad. Igualmente ocurrirá si una vez denunciado el convenio no llegase a constituirse la Mesa Negociadora durante los seis meses siguientes a la fecha en que termina el convenio anterior, situación en la que también se aplicará el I.P.C. + 0? 25 puntos con efecto retroactivo desde el 1 de enero de cada anualidad , y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo y Orden 37/2010, de 24 de septiembre de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.-

Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre, Decreto 7/2015, de 29 de junio del Presidente de la Generalitat por el que se determinan las consellerías en las que se organiza la administración de la Generalitat y, el Decreto 157/2015, de 18 de septiembre del

Consell por el que se acuerda el ROF de la Consellería de Economía Sostenible, sectores productivos, comercio y trabajo, ACUERDA:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa con notificación al Sindicato firmante.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.-

Alicante, 4 de abril de 2017 La Directora Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Emilia González Carrión

ANEXO ÚNICO

TABLA SALARIAL AÑO 2017

CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE

ASENTADORES Y MAYORISTAS DE

FRUTAS, HORTALIZAS Y PLÁTANOS

ALICANTE

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