Última revisión
26/11/2004
Revision. Convenio Colectivo de Sector de ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLATANOS (03002875011998) de Alicante
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2002 en adelante
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Resolucion de la Direccion Territorial de Empleo y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicacion del texto del Acuerdo de Revision Salarial Anual del Convenio Colectivo de ambito provincial de Asentadores y Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Platanos, (Codigo de Convenio 030287-5). (Boletín Oficial de Alicante num. 86 de 17/04/2002)
Visto el texto articulado del Acuerdo de Revisión Salarial anual del convenio colectivo arriba citado, recibido en esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo con fecha de hoy, suscrito por las representaciones de COEPA y de la C.S. Unión General de Trabajadores (U.G.T.), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, y Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre registro de depósito de Convenios y Acuerdos.
Esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo, conforme a las competencias establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre, Decreto 65/00, de 22 de mayo, del Gobierno Autónomo, acuerda:
Primero
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación a la Comisión Negociadora y depósito del texto original del Acuerdo.
Segundo
Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Alicante, 8 de marzo de 2002. El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover.
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLATANOS
ACTA UNICA
En la ciudad de Alicante, siendo las diez horas del día veinte de febrero de dos mil dos, reunida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Asentadores y Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Plátanos en el ámbito de la provincia de Alicante, en el domicilio de la Sede de COEPA sita en la Plaza R. Chapí, 3 de Alicante, en la representación que ostentan, y reconociéndose la capacidad necesaria para llevar a cabo el incremento de las Tablas Salariales para el año 2002 y en su consecuencia de conformidad con lo previsto en el Convenio vigente al día de hoy, adoptan los siguientes acuerdos:
ACUERDOS:
Primero
Se adopta por los presentes el acuerdo del incremento salarial para el año 2002, del Convenio Colectivo Provincial de Asentadores y Mayoristas de Frutas, Hortalizas y Plátanos en el ámbito de la provincia de Alicante, en los términos previstos en el artículo 8 del citado Convenio, según el porcentaje que arroja el IPC correspondiente al año 2001 + 0,25 cifrado en el 2,95%, que habrá de aplicarse a las Tablas Salariales del año 2001, con carácter retroactivo desde el uno de enero de 2002.
El acuerdo se materializa en las Tablas Salariales definitivas del año 2002 que se adjunta a las presentes debidamente suscritas.
Segundo
Se apodera por dicha comisión a D. Eduardo Vacas González, Secretario General del Sindicato Comarcal de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego U.G.T.-L´Alacantí, para la presentación de las Tablas Salariales definitivas correspondientes al año 2002, aplicación del 2,95%, ante el Área Territorial de Empleo de Alicante de la Conselleria de Empleo, a los efectos de su registro y publicación.
Todo lo cual firman en prueba de conformidad y a los efectos oportunos, siendo las 12,00 horas del día indicado en el encabezamiento.
TABLA SALARIAL AÑO 2002 CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE ASENTADORES Y MAYORISTAS DE FRUTAS, HORTALIZAS Y PLÁTANOS
| GRUPO 1º | 595,74 |
| GRUPO 2º | 624,45 |
| GRUPO 3º | 681,87 |
| GRUPO 4º | 717,75 |
| GRUPO 5º | 789,53 |
| TRABAJADORES CON CONTRATO DE FORMACION | 466,96 |
| ANTIGÜEDAD (LOS 5 PRIMEROS BIENIOS) ART. 9 | 4,97 |
| ANTIGÜEDAD (A PARTIR DEL 5º BIENIO) ART. 9 | 5,61 |
| PLUS DESPLAZAMIENTO ART. 12 | 28,08 |
| GRATIFICACION POR FIESTAS LOCALES ART. 17 | 42,14 |
| DIETA COMPLETA ART. 29 | 28,08 |
| MEDIA DIETA ART. 29 | 10,53 |
