Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (42000155011981) de Soria
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...) de Soria

Última revisión
27/12/2013

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (42000155011981) de Soria

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2014

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Documento oficial en PDF(Páginas 61-62)

Convenio o acuerdo: Industrias Siderometalurgicas Expediente: 42/01/0052/2013 Fecha: 11/12/2013 Asunto: Resolucion de Inscripcion y Publicacion Destinatario: Judit Borobio Sanz Codigo 42000155011981. (Boletín Oficial de Soria num. 146 de 27/12/2013)

Preambulo

Visto el acuerdo de fecha 3 de diciembre de 2013, suscrito de una parte por los representantes de las empresas del sector de las industrias siderometalúrgicas de la provincia de Soria y de otra, por los representantes de las Centrales Sindicales UGT y CCOO mediante el que se aprueba el calendario laboral para el año 2014, del convenio colectivo provincial para las industrias siderometalúrgicas de la provincia de Soria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,

Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LAS INDUSTRIAS SIDEROMETALÚRGICAS DE LA PROVINCIA DE SORIA

Asistentes:

Por la parte empresarial:

D. Víctor Mateo Ruiz

D. Pedro Demetrio Grueso Martínez

D. Justo Hernández Alvaro

D. Sergio García García

Dña. Judit Borobio Sanz (Asesora)

Por UGT:

D. Héctor Pérez Serrudo (Asesor)

Por CC.OO:

D. José Alfonso Hernández Centeno (Asesor)

Dña. Remedios Arias Crespo

En Soria, siendo las 13:00 horas del día 3 de diciembre de 2013 se reúnen las personas relacionadas al margen que integran la Comisión Negociadora. La reunión tiene por objeto establecer el calendario laboral supletorio para el año 2014, en cumplimiento de lo pactado en el artículo 28º del Convenio. Tras un amplio cambio de impresiones se aprueba por mayoría el calendario laboral que se incorpora a la presente acta, que tendrá efectos durante el año 2014. Se acuerda remitir la presente y calendario adjunto a la Autoridad Laboral a efectos de su registro y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Y en prueba de conformidad se firma la presente por sextuplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha del encabezamiento.

CALENDARIO LABORAL SUPLETORIO METAL DE LA PROVINCIA DE SORIA AÑO 2014

Meses

Días

Lunes a viernes

Jornada

Horas

Sábados

Domingos

Festivos

Fiestas

ENERO

31

21

8

168

4

4

2

1,6

FEBRERO

28

20

8

160

4

4

MARZO

31

21

8

168

5

5

ABRIL

30

19

8

152

4

4

3

17,18,23

MAYO

31

21

8

168

5

4

1

1

JUNIO

30

21

8

168

4

5

JULIO

31

23

8

184

4

4

AGOSTO

31

20

8

160

5

5

1

15

SEPTIEMBRE

30

22

8

176

4

4

OCTUBRE

31

22

8

176

4

4

1

13

NOVIEMBRE

30

20

8

160

4

5

1

1

DICIEMBRE

31

21

8

168

3

4

3

6, 8, 25

TOTAL

365

251

2008

50

52

12

Además de las fiestas nacionales y autonómicas reflejadas, serán días no laborables a todos los efectos en:

SORIA CAPITAL: 2 de mayo, 25 de junio; 26 de junio; 27 de junio; 30 de junio; 1 de julio; 2 de octubre; 3 de octubre, 24 de diciembre; 26 de diciembre y 31 de diciembre.

RESTO DE LA PROVINCIA: Las dos fiestas locales más un total de cinco días a distribuir, conforme se convenga, entre los días inmediatamente anteriores o posteriores a las dos fiestas locales - 2 de mayo, 24 de diciembre; 26 de diciembre y 31 de diciembre.

NOTA: Siendo la jornada máxima anual para el año 2014 de 1.742 horas y la jornada efectiva según este calendario es de 2.008 horas, hay un exceso de 266 horas, de las que si restamos las de las fiestas locales y de los puentes indicados, nos quedan 176 horas las cuales corresponden con las vacaciones reglamentarias y 2 horas más a disfrutar a conveniencia de los trabajadores.

Soria, diciembre de 2013.- La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo de Soria, Noemí Molinuevo Estéfano.