Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (34000355011981) de Palencia
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Convenio Colectivo de Sec...e Palencia

Última revisión
25/04/2012

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (34000355011981) de Palencia

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011

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Inscripcion de las tablas salariales Revisadas para el año 2011 del convenio colectivo industrias siderometalurgicas de Palencia y provincia. Codigo del Convenio Colectivo 34000355011981 (Boletín Oficial de Palencia num. 50 de 25/04/2012)

Preambulo

Referencia: Convenios Colectivos Expte.: 34000982012009

Visto el texto del Acta de 0-0 -2012, presentada por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Industrias Siderometalúrgicas para Palencia y provincia, (Código del Convenio Colectivo 34000355011981), y de conformidad con lo dispuesto en el art.90.2 y del R. D. Legislativo 1/95, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real decreto 71/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Orden de 21-11-96 por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Oficina Territorial de Trabajo. Esta Oficina Territorial de Trabajo de Palencia,

A CUERDA

1.-

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento de través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

2.-

Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA de Palencia.

Palencia, 1 de abril de 2012. - El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Miguel Meléndez Morchón.

ACUERDO

ASISTENTES:

En representación de U.G.T.:

D. Juan Manuel de la Vega Rebolledo.

En representación CC.OO.:

D. Ignacio Ruiz.

En representación empresarial:

D. SigifredoMuñiz.

En la sede de la Confederación Palentina de Organiza-ciones Empresariales, el día 0 de marzo de 2012, se personan los arriba reseñados, al objeto de examinar el contenido del texto íntegro del mismo, para poder llegar, si procede, a su aprobación definitiva.

Después de proceder al examen de las distintas materias contenidas en el mismo, por ambas partes negociadoras, se acuerda por unanimidad y voluntariamente:

1.- La aprobación de las tablas salariales revisadas para el año 2011, según tabla que se acompaña y como consecuencia de aplicar la revisión salarial estipulada en el texto del Convenio Colectivo para el año 2011.

2.- El pago de atrasos se hará en los treinta días siguientes a la publicación de las tablas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

Y como prueba de conformidad con el contenido del presenta documento, firman en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, por quintuplicado ejemplar.

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