Convenio Colectivo de Sector de JARDINERIA (99002995011981) de BOE
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Convenio Colectivo de Sec...81) de BOE

Última revisión
15/09/2003

Revision. Convenio Colectivo de Sector de JARDINERIA (99002995011981) de BOE

Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 1999

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RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 1999, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta de la Revisión Salarial para 1999 del Convenio Colectivo Estatal de Jardinería. (Boletín Oficial del Estado num. 84 de 08/04/1999)

Preambulo

Visto el texto del Acta de la Revisión Salarial para 1999 del Convenio Colectivo Estatal de Jardinería [ publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de agosto de 1998 (código de Convenio número 9902995) ] , que fue suscrita, con fecha 17 de febrero de 1999, de una parte, por las Asociaciones Empresariales Federación Española de Empresas de Jardinería (FEEJ) y la Sociedad Española de Horticultura (SEH) en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las centrales sindicales CC. OO. y UGT, en representación del colectivo laboral afectado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y3, delReal Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» . Madrid, 16 de marzo de 1999. La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Acta de la revisión salarial para 1999 del Convenio Colectivo Estatal de Jardinería

Por parte social: CC. OO.: Don Jesús Antonio Fernández Béjar. Doña María Jesús Aparicio Carazo. Don Jesús Castellón Márquez. Don Jesús Escribano Quintanar. Don Santiago Bejarano Gil. Don Juan Gregorio Moraleda Punzón. Don Leandro Serrano Romero. Asesor: Don Miguel Ángel Aguilera Cárdenas.

UGT: Don José Luis Segura Ramal. Don Francisco Javier Herrera Aguilar.

Por parte empresarial: FEEJ: Doña María de la Esperanza Alajarín Domínguez. Don José María García Gaudioso. Don Manuel Silvosa Jacob. Don Cándido Crespo Rodríguez.

SEH: Don Luis Miguel Robles do Campo. Reunidos en Madrid a las diez horas del día 17 de febrero de 1999, las personas anteriormente indicadas, en nombre y representación de todas las organizaciones firmantes del Convenio Colectivo Estatal de Jardinería, acuerdan:

Primero.

Realizar la revisión salarial del Convenio Colectivo Estatal de Jardinería para 1999 (anexo número 1) según lo pactado, incrementando en el 1,9 por 100 la tabla del salario, puesto que las pagas extraordinarias se abonarán a razón de salariomensual más antigüedad, por tanto ya no existe tabla de pagas el resto de conceptos y cantidades económicas quedaron pactadas en el texto del Convenio para 1999.

Segundo.

Dirigirse a la Dirección General de Trabajo y Empleo para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .

Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, firmando el presente acta en prueba de conformidad en el lugar y fecha indicados.

CONVENIO ESTATAL DE JARDINERÍA

 
Tablas salariales (De 1 de enero a 31 de diciembre de 1999)

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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