Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA Y CORCHO (VENCIDO. Ver 8...5011981) de Alicante
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Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
12/05/2014

Revision , Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA Y CORCHO (VENCIDO. Ver 80100085012017) (03000355011981) de Alicante

Sector Provincial. Validez desde 01 de Enero de 2014 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 15-20)

RESOLUCION de la Direccion Territorial de Economia, Industria, Turismo y Empleo por la que se dispone el registro oficial y publicacion del Acta de la comision negociadora del Convenio Colectivo provincial de Industrias de la Madera y Corcho - codigo convenio 03000355011981 (Boletín Oficial de Alicante num. 88 de 09/05/2014)

Preambulo

VISTO el texto del Acta arriba citada, recibido en esta Dirección Territorial con fecha 23/4/2014, suscrito por las representaciones de AEMMA y de las centrales sindicales MCA- UGT y FECOMA-CCOO, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 86.3 y 90 del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo y Orden 37/2010, de 24 de septiembre de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre, Decreto 19/2012 de 7 de diciembre, del Presidente de la Generalitat por el que se determinan las consellerías en las que se organiza la administración de la Generalitat y, el Decreto 193/2013, de 20 de diciembre del Consell por el que se acuerda el ROF de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo,

ACUERDA:

Primero.-

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación a la representación de la Comisión Negociadora, y depósito del texto original del Acuerdo.-

Segundo.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.-

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL INDUSTRIAS DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE ALICANTE

ASISTENTES

Por la parte social:

Por FECOMA-CC.OO.:

D. José Hurtado Soria

D. Miguel Montalbán Gámez

D. Jorge García Veloso

D. Miguel Ángel Mira Pascual

Por MCA-UGT:

En Alicante, siendo las 17:00 horas del día 10 de abril del año 2014, en los locales de AEMMA y con la asistencia de las personas reseñadas al margen, tiene lugar la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial "Industrias de la Madera" de la provincia de Alicante.

Tras diversas deliberaciones las partes llegan al siguiente ACUERDO:

1.-

En cumplimiento de lo indicado en la Disposición Transitoria Segunda del Convenio Colectivo Provincial "Industria de la Madera" de la Provincia de Alicante 2012 - 2013 y lo establecido, en materia de clasificación profesional, en el III Convenio Estatal de la Madera; se procede a aprobar, según ANEXO I del presente acta, la tabla de grupos de categorías equivalentes, por lo que procede asignar a cada grupo un salario único.

2.-

Establecer una nueva y única tabla salarial, según ANEXO II, que se adjunta al presente acta. Dicha tabla se establecerá como tabla salarial provisional para el año 2014, con efectos desde el 1 de enero de 2014, quedando pendiente el incremento y revisión salarial de la misma a lo que disponga el V Convenio Estatal de la Madera.

3.-

Incluir, en el Convenio Colectivo Provincial "Industria de la Madera" de la Provincia de Alicante, la Disposición Transitoria Tercera indicando lo siguiente; "Los trabajadores que se encuadren en un Grupo Profesional y su salario resulte inferior al salario de la categoría de procedencia de la tabla salarial 2013 y/o que, en computo anual, fuere inferior a dicha tabla; mantendrán la diferencia entre dichos salarios de la citada tabla mediante un complemento "ad personam", no siendo compensable ni absorbible y aplicándole los incrementos salariales que se establezcan en los futuros acuerdos de convenio.

4.-

Se deroga el Artículo 44 del Convenio de Industria de la Madera de Alicante el "PLUS EXTRASALARIAL", siendo sustituido por el PLUS CONVENIO, quedando redactado de la siguiente forma: se establece una remuneración por día natural y en la cuantía que se consigna en la respectiva columna de la Tabla Salarial 2014, según ANEXO II.

5.-

Con independencia de la fecha de publicación y entrada en vigor del Convenio Colectivo, los atrasos devengados por la entrada en vigor de la tabla anteriormente citada deberán ser abonados por las empresas en el plazo de un mes desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Alicante.

6.-

Facultar a Dº Miguel Montalbán Gámez, para la presentación de este acta y sus anexos, ante el registro correspondiente, para su depósito y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

Y en prueba de conformidad, firman por cuadruplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba expresados, un representante por cada una de las asociaciones.

ANEXO I. TABLA GRUPOS DE CATEGORÍAS EQUIVALENTES

GRUPO 1

TITULADOS SUPERIORES

GRUPO 2

TITULADOS GRADO MEDIO

ENFERMERA TITULADA

GRUPO 3

PROYECTISTAS

JEFES DE TALLERES

JEFE DE TALLER Y DELINEANTE

JEFE ADMINISTRATIVO

ENCARGADO GENERAL

GRUPO 4

OFICIAL 1ª ADMINISTRATIVO

ENCARGADO SECCION

OFICIAL PREPARADOR-TRAZADOR

GRUPO 5

OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVO

VIAJANTE Y CORREDOR DE PLAZA

OFICIAL 1ª

OFICIAL 2ª ESPECIALISTA EN SERIE

CONDUCTOR MECÁNICO 1ª

OFICIAL 2ª JUGUETES

GRUPO 6

AUXILIAR ANALISTA

AUXILIAR ADMINISTRATIVO/TELEFONISTA Y

MECANOGRAFO

CAPATAZ PEONES Y ESPECIALISTAS

AYUDANTE Y PEON ESPECIALISTA

CONDUCTOR 2ª

LISTERO/ORDENANZA/ALMACENERO/PESADOR

GRUPO 7

PEON Y PERSONAL DE LIMPIEZA

GUARDA VIGILANTE, PORTERO

APENDICE

ASPIRANTE ADMIN + 18 AÑOS

ASPIRANTE ADMIN 17 AÑOS

ASPIRANTE ADMIN 16 AÑOS

BOTONES O RECADEROS 17 AÑOS

BOTONES O RECADEROS 17 AÑOS

SUBAYUDANTE + 18 AÑOS

SUBAYUDANTE 17 AÑOS

SUBAYUDANTE 16 AÑOS

ANEXO II. TABLAS SALARIALES 2014

TABLA DE GRUPOS PROFESIONALES 2014

SALARIO BASE MENSUAL

PLUS CONVENIO

PAGAS EXTRAS

PRORRATA DE PAGAS EXTRAS

COMPUTO ANUAL

1

1.725,77

201,50

1.869,58

311,60

26.866,37

2

1.567,49

183,02

1.698,12

283,02

24.402,38

3

1.518,16

177,26

1.644,68

274,11

23.634,43

4

1.235,14

144,21

1.338,07

223,01

19.228,35

5

1.159,52

135,38

1.256,14

209,36

18.051,08

6

1.020,31

119,13

1.105,34

184,22

15.884,02

7

976,79

114,05

1.058,19

176,37

15.206,51

APÉNDICE

722,41

84,35

782,61

130,44

11.246,34