Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE PANADERIA (10000215011982) de Cáceres
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Convenio Colectivo de Sec...de Cáceres

Última revisión
01/01/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE PANADERIA (10000215011982) de Cáceres

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2002

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RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2002, de la Dirección General de Trabajo, por la que se acuerda la inscripción en el Registro y publicación de Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las industrias de Panadería, sobre actualización de tabla salarial para el año 2002, de la provincia de Cáceres (Expte. 5/2002). (Diario Oficial de Extremadura num. 38 de 04/04/2002)

Preambulo

VISTO el contenido del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las Industrias de Panadería, sobre actualización de tabla salarial para el año 2002, de la Provincia de Cáceres, con Código Informático 1000215, de ámbito Provincial, suscrito el 12- 2- 2002, entre representantes de las empresas del sector, en representación de una parte, y por los representantes de los trabajadores de otra; y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (B. O. E. de 29-03-95); art. 2. c) del Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (B. O. E. 06-06-81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (B. O. E. 17- 05- 1995); Decreto del Presidente 5/2000, de 8 de febrero, por el que se asignan competencias a la Consejería de Trabajo (D. O. E. 10- 2- 2000); Decreto 6/2000 de 8 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Trabajo (D. O. E. 10- 2- 2000); y Decreto 22/1996 de 19 de febrero, sobre distribución de competencia en materia laboral (D. O. E. 27-02-1996); ESTA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO

ACUERDA:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nombre, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo

Disponer su publicación en el "Diario Oficial de Extremadura" y en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Cáceres.

Así lo acuerdo, mando y firmo en Mérida, a 22 de febrero de 2002. El Director General de Trabajo, JOSÉ LUIS VILLAR RODRÍGUEZ

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS DE PANADERÍA DE LA PROVINCIA DE CÁCERES

En Cáceres, siendo las 17 horas del día 12 de febrero de 2002, se reúnen en los locales de la Federación Empresarial Cacereña, sita en la calle Obispo Segura Saez, número 8- 1º Derecha, los miembros de la comisión paritaria del vigente convenio colectivo de trabajo para el sector de Industrias de Panaderías para la provincia de Cáceres con el objeto de acordar la publicación de las nuevas tablas salariales de 2002 en aplicación a la redacción de los artículos 3, párrafo 3º y 18 del Convenio.

Y así se acuerda por unanimidad:

 Aprobar la tabla salarial para el año 2002, que resulta de aplicar el 4% los salarios vigentes en el año 2001.

 Publicar la misma en los Boletines Oficiales correspondientes.

 Facultar al Secretario D. José Luis Mateos Sánchez para que realice cuantas cuestiones sean necesarias para su publicación y legalización.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fechas arriba indicados.

Unión General de Trabajadores.

Comisiones Obreras.

Asociación Empresarial de Panaderos de la Provincia.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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