Convenio Colectivo de Sector de SERVICIOS AUXILIARES (31008825012009) de Navarra
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Convenio Colectivo de Sec...de Navarra

Última revisión
03/11/2011

Revision. Convenio Colectivo de Sector de SERVICIOS AUXILIARES (31008825012009) de Navarra

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011

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RESOLUCION de 10 de octubre de 2011, de la Directora General de Trabajo y Prevencion de Riesgos, por la que se acuerda el registro, deposito y publicacion en el Boletin Oficial de Navarra del Acuerdo de revision salarial del Convenio Colectivo del sector Servicios Auxiliares de Navarra. Codigo numero 31008825012009 (Boletín Oficial de Navarra num. 218 de 03/11/2011)

Preambulo

Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo del sector Servicios Auxiliares de Navarra (código número 31008825012009), correspondiente al año 2011, que tuvo entrada en este Registro en fecha 9 de octubre de 2011, y que fue suscrito el 10 de febrero de 2011 por la representación patronal y sindical del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO:

1.

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Navarra.

2.

Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural, Industria, Empleo y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

3.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.

Pamplona, 10 de octubre de 2011.

-La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, Imelda Lorea Echavarren.

Acuerdo de revisión salarial del Convenio Colectivo del sector Servicios Auxiliares de Navarra

En Pamplona, siendo las 16,30 horas del 10 de febrero de 2011.

Reunida la Comisión Paritaria de Interpretación del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector de Servicios Auxiliares de la Comunidad Foral de Navarra, integrada por las entidades y representantes que a continuación se señalan:

-Por parte de los trabajadores, don Luis Hernández Inac y Sera Alonso Hernández (UGT) y Juan Antonio Vidal Canabal (CCOO).

-Por parte de la representación empresarial, don Carlos Esquisábel de Esteban, don David Bueno, doña Patricia Calonge Isturiz y don José Manuel Ayesa Villar (Asociación de Empresas de Servicios Auxiliares de Navarra -AESA-).

MANIFIESTAN:

1.-Que de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector de Servicios Auxiliares de la Comunidad Foral de Navarra, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 119 de 29 de septiembre de 2008, y una vez publicado el dato oficial del IPC de Navarra correspondiente al año 2010, procede aplicar el incremento salarial para el año 2011, conforme a los criterios establecidos en el citado artículo, siendo el porcentaje de incremento a aplicar el resultante de aplicar a las tablas salariales definitivas del año 2010 el porcentaje de incremento del IPC real de Navarra del año anterior en 1 punto.

2.-Que, en consecuencia, siendo el IPC real de Navarra en el año 2010 el 2,8%, y el diferencial pactado el 1%, el porcentaje de incremento a aplicar es el 3,8%.

En consecuencia las partes acuerdan:

1.-Aprobar y firmar las tablas salariales correspondientes al año 2011, que se adjuntan como Anexo I, con vigencia del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011.

2.-Remitir dos ejemplares del texto de la Tabla Salarial a la Dirección General de Trabajo del Departamento de Innovación, Empresa y Empleo a efectos de que disponga o necesario para su depósito, registro y publicación en el Boletín Oficial de Navarra de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3 del vigente Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.

Y no habiendo mas asuntos que tratar se levanta la sesión, extendiéndose la presente acta que es firmada por las partes comparecientes en lugar y fecha arriba indicados.

-UGT.

-CCOO.

-Asociación de Empresas de Servicios Auxiliares de Navarra (AESA).

CONVENIO DE SERVICIOS

Tablas salariales año 2011

Subida convenio: 3,80% (IPC Navarra 2010 + 1,00%).

Jornada anual: 1.788 h.

CATEGORIA

PROFESIONAL

SALARIO BASE

(x14)

SB.

ANUAL

J.

ANUAL

PLUS VEST.

(x11)

SALARIO/HORA

TOTAL

(euros/h)

HORA

EXTRA

NOCTURNIDAD

(euros/hora)

Grupo I

Encargado

936,82 euros

13.115,48 euros

1.788 h.

7,34 euros

7,34 euros

7,34 euros

1,40 euros

Jefe de Equipo

883,77 euros

12.372,78 euros

1.788 h.

6,92 euros

6,92 euros

6,92 euros

1,40 euros

Grupo II

Oficial Administrativo

830,72 euros

11.630,08 euros

1.788 h.

6,50 euros

6,50 euros

6,50 euros

1,17 euros

Auxiliar Administrativo

729,93 euros

10.219,02 euros

1.788 h.

106,09 euros

5,72 euros

6,37 euros

5,72 euros

1,09 euros

Grupo III

Auxiliar de Servicios.

698,11 euros

9.773,54 euros

1.788 h.

106,09 euros

5,47 euros

6,12 euros

5,47 euros

1,06 euros

Azafata, Celador, Telefonista

698,11 euros

9.773,54 euros

1.788 h.

106,09 euros

5,47 euros

6,12 euros

5,47 euros

1,06 euros

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