Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA (03000935011982) de Alicante
Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Mayo de 2007
Resolucion de la Direccion Territorial de Empleo y Trabajo por la que se dispone el registro oficial y publicacion del texto del Acuerdo de Revision Salarial Anual del Convenio Colectivo de ambito provincial de transportes de viajeros-Codigo de Convenio 0300935-. (Boletín Oficial de Alicante num. 116 de 11/06/2007)
Visto el texto del Acuerdo de Revisión Salarial Anual del Convenio Colectivo arriba citado, recibido en esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo con fecha de hoy, suscrito por las representaciones de la Federación Provincial de Transportes Interurbanos y la Asociación de Empresarial de Transportes de Viajeros de la provincia de Alicante, y de la C. S. Unión General de Trabajadores (U. G. T.), y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos.
Esta Dirección Territorial de Empleo y Trabajo conforme a las competencias legalmente establecidas en el Real Decreto 4.105/82, de 29 de diciembre, y Decreto 65/200, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, acuerda:
Primero
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Unidad Administrativa, con notificación a la Comisión Negociadora y depósito del texto original del Acuerdo.
Segundo
Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
ACTA
En Alicante, siendo las once horas del día treinta y uno mayo de dos mil siete, se reúnen los señores don Diego González Olivares, don Antonio Guijarro Calvo, don Gabriel Clement Madrid, don Paulino Sánchez Martín, don José Ignacio Balaguer Espinosa, don Francisco José Vilaplana quien sustituye a don José Manuel Juárez Sevila, don Francisco Martínez Ros, don Antonio García García, quien sustituye a don Manuel Bayona Martínez, don Francisco Cantero García, en representación de U. G. T.; don Evaristo Sierra Álvarez, don José María Rodríguez Florez, don Luis González Ferreño, don Adalmiro Sempere Porlam, don Juan Serrano Raya, don Joaquín Ríos Riquelme, don Pedro Cerdan Martínez. don Tomás Baile Sempere y don Miguel Ángel Martínez Ivorra en representación de la Federación de Empresarios de Transporte de Viajeros de la provincia de Alicante; don Antonio Canovas Serna, don Juan F. Cerdan Martínez y don Ángel Luis Andréu Rodríguez en representación de la Asociación Empresarial de Transporte de viajeros por carretera, quienes en sesión de constitución de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para la actividad de transporte de viajeros por carretera de la provincia de Alicante celebrada el pasado día veintinueve de Junio de dos mil cinco se reconocieron mutua capacidad y legitimaron para constituir la citada Comisión al objeto de tratar el siguiente.
Orden del día
Único.- Proceder a la aplicación del incremento pactado para el tercer año de vigencia del Convenio de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del referido Convenio y para el período comprendido entre el uno de mayo de dos mil siete y el treinta de abril de dos mil ocho.
Abierto el acto y una vez constatado que el IPC interanual de los doce meses anteriores al uno de mayo de dos mil siete ha sido del 2,4%, se procede a confeccionar las tablas salariales así como a modificar los artículos afectados por el incremento salarial con un 3,4 por ciento, resultado de añadir al 2,4 por ciento el 1% pactado para este tercer año, siendo aprobadas por todos los asistentes a la reunión de la Comisión Negociadora y uniéndose a la presente acta como anexos I y II.
Igualmente se acuerda que los atrasos derivados de los presentes acuerdos se abonen antes del treinta de Junio del dos mil siete.
Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión, firmando la presente todos los asistentes en prueba de conformidad con lo expuesto, en el lugar y fecha al encabezamiento indicados.
ANEXO I
TABLAS SALARIALES VIGENTES DESDE EL 1-V-07 HASTA EL 30-IV-08, PARA EL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE VIAJEROS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE
CATEGORÍAS | SALARIO BASE MES/DÍA |
GRUPO I | |
JEFE DE SERVICIO | 1.614,31 |
INGENIEROS Y LICENCIADOS | 1.459,81 |
INSPECTOR PRINCIPAL | 1.411,36 |
INGENIEROS TÉCNICOS Y AUX.TITULADOS | 1.114,21 |
AYUDANTES TÉCNICOS SANITARIOS | 968,11 |
JEFE DE SECCIÓN | 1.177,07 |
JEFE DE NEGOCIADO | 1.104,77 |
JEFE DE TRÁFICO 1ª | 1.137,81 |
JEFE DE TRÁFICO 2ª | 1.064,81 |
JEFE DE TRÁFICO 3ª | 1.025,12 |
JEFE DE ESTACIÓN DE 1ª | 1.273,16 |
JEFE DE ESTACIÓN DE 2ª | 1.081,66 |
JEFE DE ADMINISTRACIÓN DE 1ª | 1.273,16 |
JEFE DE ADMINISTRACIÓN DE 2ª | 1.081,66 |
JEFE DE TALLER | 1.269,79 |
JEFE DE ADMINISTRACIÓN EN RUTA | 987,84 |
ENCARGADO GENERAL | 1.021,17 |
GRUPO II | |
INSPECTOR | 34,25 |
CONDUCTOR-PERCEPTOR | 34,25 |
CONDUCTOR | 33,48 |
GRUPO III | |
OFICIAL DE 1 | 1.050,47 |
OFICIAL DE 2 | 1.000,08 |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 970,04 |
FACTOR | 970,04 |
ENCARGADO DE CONSIGNA | 970,04 |
TAQUILLEROS | 970,04 |
COBRADOR | 32,47 |
GRUPO IV | |
ENCARGADO O CONTRAMAESTRE | 1.046,40 |
ENCARGADO DE ALMACÉN | 999,74 |
JEFE DE EQUIPO | 34,82 |
OFICIAL DE 1ª | 34,23 |
OFICIAL DE 2ª | 32,77 |
OFICIAL DE 3ª | 32,47 |
CONTRATO EN FORMACIÓN 1 AÑO ANTES | 0,00 |
APRENDIZ DE 1 AÑO | 22,17 |
CONTRATO EN FORMACIÓN 2 AÑO ANTES | |
APRENDIZ DE 2 AÑO | 22,99 |
GRUPO V | |
COBRADOR DE FACTURAS | 969,70 |
ENGRASADOR-LAVACOCHES | 32,77 |
REPARTIDOR DE MERCANCÍAS | 32,20 |
MOZO | 32,20 |
MOZO DE TALLER | 32,20 |
AUXILIAR DE RUTA | 32,20 |
GRUPO VI | |
PORTERO | 969,70 |
LIMPIADORA | 969,70 |
TELEFONISTA | 969,70 |
GUARDA DE NOCHE | 32,20 |
GUARDA DE DÍA | 32,20 |
ASPIRANTE DE 16 Y 17 AÑOS | 637,67 |
Alicante, 31 de mayo de 2007. El Director Territorial de Empleo y Trabajo, Ramón Rocamora Jover.