Última revisión
20/05/2005
-. Convenio Colectivo de Empresa de AUTOBUSES TERUEL ZARAGOZA, S.A. (TEZASA) de Teruel
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Convenio Colectivo
Convenio afectado por
Acta de adhesion de la empresa "Autobuses Teruel Zaragoza, S. A. (TEZASA)", al "Convenio Colectivo del Sector de Transportes regulares y discrecionales de viajeros por carretera de Zaragoza". (Boletín Oficial de Teruel num. 95 de 20/05/2005)
RESOLUCION DE 29 DE ABRIL DE 2005, DE LA SECRETARIA DEL SERVICIO PROVINCIAL DEL DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ACUERDA LA PUBLICACION DEL ACTA DE ADHESION DE LA EMPRESA "AUTOBUSES TERUEL ZARAGOZA, S. A. (TEZASA)", AL "CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE TRANSPORTES REGULARES Y DICRECIONALES DE VIAJEROS POR CARRETERA DE ZARAGOZA".
VISTA el acta de la reunión celebrada entre la empresa "Autobuses Teruel Zaragoza, S. A. (TEZASA)" y el Comité de empresa de ésta, firmada el día 20 de abril de 2005 y recibida en esta Subdirección Provincial de Trabajo, el día 27 de abril de 2005, en la que ambas partes acuerdan adherirse al "Convenio colectivo del sector de Transportes regulares y discrecionales de viajeros por carretera de Zaragoza", publicado en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Zaragoza nº 130, de fecha 9 de junio de 2003, Código de convenio nº 5001135, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,
El Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo ACUERDA:
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Subdirección
Provincial de Trabajo de Teruel, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia de Teruel.
Teruel, 29 de abril de 2005.- El Director del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo. La Secretaria del Servicio Provincial, P. V. Art. 10.3 Decreto 74/2000 (B. O. A. 28- 4- 2000), Angela Gracia Arellano.
En Teruel, a 20 de Abril de 2005
REUNIDOS
De una parte, y como Representante de la Empresa AUTOBUSES TERUEL ZARAGOZA, S. A. (TEZASA), en su condición de Gerente, D. JUAN FRANCISCO JIMENEZ DOMINGUEZ, provisto de D. N. I. nº 16.530.916- B, y con domicilio a efectos de notificaciones en el domicilio social de la Empresa, sito en 50006- ZARAGOZA, C/Juan Pablo Bonet nº 13, provista de C. I. F. nº A- 44004059.
Y de otra parte, y como Representantes de los Trabajadores de la Empresa TEZASA, S. A. en Teruel, D. JUAN JOSE RUBIO GARCIA, mayor de edad, provisto de D. N. I. nº 29.029.829- B, D. FRANCISCO LAHUERTA SORIANO, mayor de edad, provisto de D. N. I. nº 18.410.403- F, y D. VALERO LORAS DOMINGO, mayor de edad, provisto de D. N. I. nº 18.428.216- H, con domicilio a efectos de notificaciones en 44195 – TERUEL, Polígono Los Hostales Nave 1- 7, asesorados en este acto por la Letrado de U. G. T. Yolanda Lázaro Fañanás.
Que como partes legitimadas en la respectiva unidad de negociación, se reconocen todos ellos capacidad y legitimación suficiente para celebrar el presente ACUERDO DE ADHESION AL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE TRANSPORTES REGULARES Y DISCRECIONALES DE VIAJEROS POR CARRETERA DE ZARAGOZA, publicado en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Zaragoza nº 130 de fecha 9 de junio de 2003, mediante Resolución del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo, nº de código 5001135, que fue suscrito por las partes AETIVA Y ASINTRA- ARAGON, U. G. T Y CC. OO. el día 14 de abril de 2003, y a tal efecto:
MANIFIESTAN Y ACUERDAN
I.- Que al personal de la Empresa AUTOBUSES TERUEL ZARAGOZA, S. A. (TEZASA, S. A.), que realiza el transporte de viajeros, tanto regulares como discrecionales interurbano, se le aplica el Convenio Colectivo para el Sector de Transportes Regulares y Discrecionales de Viajeros por Carretera de Zaragoza.
II.- Que el personal de la mencionada Empresa que se encarga de realizar el servicio de transporte urbano dentro de la ciudad, fue contratado en julio de 2002, fecha de comienzo del servicio, siendo remunerado y realizándose las oportunas cotizaciones a la Seguridad Social, conforme al Convenio aplicable, Convenio Colectivo para el Sector de Transportes Regulares y Discrecionales de Viajeros por Carretera de Zaragoza, en aquélla fecha, conforme al Convenio que fue suscrito por las partes el 28 de Julio de 1999, y cuya duración temporal fue desde el 1 de Enero de 1999 a 31 de Diciembre de 2002, siendo sustituido por el actual Convenio Colectivo para el Sector de Transportes Regulares y Discrecionales de Viajeros por Carretera de Zaragoza.
De modo que desde que dicho personal que realiza el transporte urbano comenzó a prestar servicios en la mencionada Empresa, lo hizo rigiéndose la relación laboral en toda su amplitud y esencia, bajo la aplicación del Convenio Colectivo del Sector de Transportes Regulares y Discrecionales de Viajeros por Carretera de la Provincia de Zaragoza, percibiendo sus remuneraciones salariales conforme a las tablas retributivas de dicho Convenio, y así ha sido desde entonces hasta el momento actual.
III.- Que el personal de la mencionada Empresa que se encarga de realizar el servicio de transporte urbano, con la finalidad de formalizar legalmente su contratación en torno a la norma convencional que se le aplica desde el año 2002, en que comenzaron a prestar servicios, desea adherirse al Convenio Colectivo que se aplica a sus compañeros que realizan su labor de transporte interurbano.
Es por ello, que de conformidad con lo previsto en el párrafo 1º del artículo 92 del Estatuto de los Trabajadores, ambas partes deciden de común acuerdo adherirse a la totalidad del articulado y clausulado en todas sus partes y disposiciones del Convenio Colectivo del Sector de Transportes Regulares y Discrecionales de Viajeros por Carretera de Zaragoza.
IV.- Que ambas partes manifiestan que no están afectadas por otro Convenio Colectivo, comprometiéndose a comunicarlo a la autoridad laboral competente a efectos de registro y publicación en el B. O. P. de Teruel.
Y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el presente acuerdo, en el lugar y fecha arriba indicados.
