Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Valladolid
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Convenio Colectivo de Emp...Valladolid

Última revisión
12/07/2010

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. PERSONAL LABORAL Y FUNCIONARIO de Valladolid

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Junio de 2010 en adelante

Tiempo de lectura: 8 min

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Convenio afectado por
Tipo:
Modificacion/Interpretacion
F. Publicación:
2020-05-14
Boletín:
Boletín Oficial de Valladolid
F. Vigor:
2020-05-15
Tipo:
Modificacion/Interpretacion
F. Publicación:
2019-06-20
Boletín:
Boletín Oficial de Valladolid
F. Vigor:
2019-05-22
Tipo:
Modificacion/Interpretacion
F. Publicación:
2013-04-11
Boletín:
Boletín Oficial de Valladolid
F. Vigor:
2013-04-11
Documento oficial en PDF(Páginas 16-18)

Aprobacion de las medidas de reduccion de la masa salarial contenidas en el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reduccion del deficit publico, en materia de empleo publico (Boletín Oficial de Valladolid num. 157 de 12/07/2010)

Preambulo

Asunto: Aprobación de las medidas de reducción de la masa salarial contenidas en el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, en materia de empleo público.

Órgano decisorio: Junta de Gobierno.

Quórum: Mayoría simple.

Expte.: PER-397/2010.

Propuesta de Acuerdo

El funcionario que suscribe, en relación con el expediente referido, propone que sea adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:

"Como consecuencia de la profunda crisis económica que estamos padeciendo, el Gobierno de España aprobó, con fecha 20 de mayo de 2010, el Real Decreto-Ley 8/2010, en el que se establecen una serie de medidas extraordinarias dirigidas al cumplimiento del compromiso del Gobierno de acelerar, en los años 2010 y 2011, la reducción del déficit público inicialmente previsto.

En este contexto se enmarcan las previsiones contenidas en el apartado II de la exposición de motivos del citado Real Decreto-Ley, cuyo párrafo segundo indica:

"A ello responden las medidas incluidas en el presente Real Decreto Ley cuyo objetivo es reducir un cinco por ciento de la masa salarial, en términos anuales." para indicar en el siguiente párrafo que dicha reducción "..es de obligada aplicación a todas las administraciones, lo que supondrá un importante ahorro para las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales dado el importante peso que el empleo público tiene en las mismas".

Atendido que el artículo 1 del citado Real Decreto-Ley modifica, entre otros, los apartados Dos y Cinco del artículo 22 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, que, por su carácter de básico, es de aplicación al personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid y que afecta a las retribuciones consideradas básicas en el artículo 23 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Atendido que igualmente el apartado Dos. B).2 del citado artículo 22 de la Ley 26/2009, Valladolid, ha quedado redactado como sigue: "Una vez aplicada la reducción de las retribuciones básicas en los términos indicados en el punto anterior, sobre el resto de las retribuciones se practicará una reducción de modo que resulte, en términos anuales, una minoración del 5 por ciento del conjunto global de las retribuciones". Atendido que en relación con el personal laboral el párrafo primero del apartado Dos. B).4 del citado artículo 22 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, ha quedado redactado como sigue: "La masa salarial del personal laboral del sector público definido en el apartado Uno de este artículo experimentará la reducción consecuencia de la aplicación a este personal, con efectos de 1 de junio de 2010, de una minoración del 5 por ciento de las cuantías de cada uno de los conceptos retributivos que integran la nómina y que les corresponda percibir según los convenios colectivos que resulten de aplicación, a excepción de lo que se refiere a la paga extraordinaria del mes de junio de 2010 a la que no se aplicará la reducción prevista en el presente apartado" Este apartado es de aplicación a todo el personal afectado por el Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales.

Atendido que en el párrafo cuarto del mismo apartado se indica que "La reducción establecida en el párrafo primero de este número 4 será de aplicación al personal laboral de alta dirección y al no acogido a convenio colectivo que no tenga la consideración de alto cargo".

Por su parte el párrafo último del apartado citado indica que "no obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, dicha reducción no será de aplicación al personal laboral cuyas retribuciones por jornada completa no alcancen 1,5 veces el salario mínimo interprofesional fijado por el Real Decreto 2030/2009, de 30 de diciembre".

Atendido que todas las medidas señaladas en los párrafos anteriores tienen efectos desde el día 1 de junio de 2010, por lo que no afectan a la paga extraordinaria del mes de junio de 2010 del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales, como viene expresamente recogido en el Real Decreto-Ley.

Atendido que para conseguir el objetivo de reducir en un cinco por ciento la masa salarial del personal al servicio del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales, es preciso dejar en suspenso determinados aspectos del Acuerdo para el Personal Funcionario y del Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales, al amparo de lo previsto en el artículo 38.10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Atendido que en este procedimiento se ha dado cumplimiento al trámite de negociación con los representantes de los trabajadores cuyo resultado consta en el acta de las reuniones de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales, celebradas a estos efectos el día 10 de junio de 2010 (folios 1 a 63, ambos incluidos).

SE ACUERDA:

1.º

Con efectos de 1 de junio de 2010, modificar las cuantías de las retribuciones básicas del personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, entendiendo como tales el sueldo y los trieniospor Grupo o Subgrupo retributivo y la parte de éstos incluida en la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2010, en los términos previstos en los apartados Dos y Tres del artículo 1 del Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo.

2.º

Igualmentecon efectos de 1 de junio de 2010, minoraren un 5 por ciento las retribuciones complementarias de cuantía fija y de vencimiento periódico percibidas por el personal funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, incluido el Complemento de Destino asociado al puesto o Grado personal consolidado, el Complemento Específico correspondiente al puesto de trabajo desarrollado, así como las cuantías de los mismos que se perciban en la paga extraordinaria de diciembre de 2010, y con excepción de las retribuciones complementarias del Grupo E, Agrupaciones Profesionales de la Ley 7/2007, que tendrán una reducción con carácter personal del 1 por ciento, exceptuado el Complemento de Destino, cuya minoración será también del 5 por ciento.

3.º

Conefectos de 1 de junio de 2010, minoraren un 5 por ciento las cuantías de cada uno de los conceptos retributivos de vencimiento periódico que integran la nómina del personal para el que es de aplicación el Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales, incluidas las cuantías que se perciban en la paga extraordinaria de diciembre de 2010, con excepción del personal laboral cuyas retribuciones por jornada completa no alcancen 1,5 veces el salario mínimo interprofesional fijado por el Real Decreto 2030/2009, de 30 de diciembre.

4.º

Con efectos de 1 de junio de 2010, minoraren un 5 por ciento las cuantías de cada uno de los conceptos retributivos de vencimiento periódico que integran la nómina del personal laboral de alta dirección y del no acogido al Convenio Colectivo citado que no tenga la consideración de alto cargo, incluidas las cuantías que se perciban en la paga extraordinaria de diciembre de 2010.

5.º

Suspender, para los años 2010 y 2011, la aplicación del apartado 1) del Acta Adicional del Acuerdo para el Personal Funcionario del Ayuntamiento de Valladolid, en relación con el concepto retributivo definido en el artículo 30 II

f) 2 del citado Acuerdo.

6.º

Igualmentesuspender, para los años 2010 y 2011, la aplicación del apartado 1) del Acta Adicional del Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Valladolid y de las Fundaciones Municipales, en relación con el concepto retributivo definido en el artículo 30 k) 2 del citado Convenio.

7.º

Comoconsecuencia de lo dispuesto en los apartados 5.º y 6.º del presente Acuerdo, suspender la aplicación del Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 8 de diciembre de 2009, referido a la modificación del Sistema de Mejora de la Productividad para los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Valladolid, así como del Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 26 de febrero de 2010, referido a la aprobación de los objetivos de mejora de la productividad, para el año 2010, de las Unidades Organizativas del Ayuntamiento de Valladolid.

8.º

Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia las modificaciones referidas en los apartados anteriores."

Valladolid, 15 de junio de 2010.El Director del Departamento de Gestión de Personal, Fernando Calvo Revilla.ConformeEl Concejal Delegado General de Hacienda y Función Pública, Alfredo Blanco Montero.