Última revisión
17/07/2006
-. Convenio Colectivo de Empresa de CLINER, S.A. de Madrid
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Convenio Colectivo
Convenio afectado por
Resolucion de 7 de junio de 2006, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Empleo y Mujer, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa Cliner, Sociedad Anonima, y representantes de CC OO y UGT (PCM285/2006). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 168 de 17/07/2006)
RESUELVE
Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 7 de junio de 2006. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
Expediente número PCM285/2006.
En Madrid, a las diez horas del martes, 30 de mayo de 2006. Ante el Instituto Laboral de Madrid, compuesto por: Presidente: Doña Nuria Manzano Albarsanz, con número de documento nacional 52374157- Y.
Vocal: Don Pedro Murga Ulibarri, con número de documento nacional 6359356- V.
Vocal: Don Diego Ribera Sanchís, con número de documento nacional 835340- A.
Vocal: Don José Ballesteros Vidal, con número de documento nacional 2198358- H.
Secretario: Don Antonio Chico Fernández, con número de documento nacional 1178051- Z.
Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en esta sede con fecha martes, 23 de mayo de 2006.
De una parte, y que constan como citados, comparecen: Doña Mercedes Moncunill López, con número de identificación fiscal 7241613- V, en calidad de director de Recursos Humanos.
Don Egoitz Begoña Bilbao, con número de identificación fiscal 78879452- D, en calidad de asesor. La empresa “Cliner, Sociedad Anónima”, domiciliada en la calle Ferrer del Río, número 15, 28028 Madrid (MadridCiudad).
De otra parte, que constan citados, comparecen y actúan en nombre de los trabajadores:
Doña Isabel Rodríguez Cabo, con número de identificación fiscal 50693770- E, en calidad de represente de AA DDCC OO. Doña M. a Carmen Solera Vivas, con número de identificación fiscal 51636817- T, en calidad de representante de FES/UGT.
Exposición de los hechos que son origen del conflicto según escrito introductorio presentado por la representación de la Federación de AA DD de CC OO de Madrid
ABIERTO EL ACTO
La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio. Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.
Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado, con el resultado de:
CON AVENENCIA
En los siguientes términos:
Acuerdo representación de los trabajadores de los centros de “Caja Madrid” sucursales adjudicadas a “Cliner, Sociedad Anónima”
En Madrid, a 17 de mayo de 2006. De una parte: don Fernando Ramos Rodríguez (consejerodelegado), doña Mercedes Moncunill (directora de Recursos Humanos), don Eduardo Caso Gómez (asesor) y don Egoitz Begoña Bilbao (asesor), en representación de la empresa “Cliner, Sociedad Anónima”.
De otra parte: doña Isabel Rodríguez Cabo y don Manuel Jimeno Méndez, en representación de la Federación Regional de Actividades Diversas de Madrid de CC OO.
Ambas partes se reconocen capacidad y legitimación legal para la suscripción del presente acuerdo y, en consecuencia,
MANIFIESTAN
1. Que, desde el 1 de abril de 2006, “Cliner, Sociedad Anónima”, es adjudicataria del contrato de prestación de los servicios de limpieza de diversas sucursales de “Caja Madrid”, en Madrid y su provincia, cuyas anteriores contratistas eran las empresas “Limpiberia” y “Olmedo”.
2. Que los comités de empresa de “Limpiberia” y “Olmedo” para las sucursales de “Caja Madrid” se vieron fraccionados al perder aquellas su contratación a favor de distintos adjudicatarios, entre los que se encuentra “Cliner, Sociedad Anónima”.
3. Que las sucursales contratadas por “Cliner, Sociedad Anónima”, tenían adscritos los trabajadores, pertenecientes a dichos comités, que se relacionan más adelante. Los mencionados trabajadores pertenecen en la actualidad a “Cliner, Sociedad Anónima”, en virtud de la subrogación.
Relación de trabajadores (procedentes de la empresa “Olmedo”):
Petra Delgado Lucas.
Rosa Fernández Álvarez.
Amparo Parra Redondo.
Loreto Sánchez Lázaro.
Angelines Casillas Ayuso.
Isabel Santiago Gamo.
Olvido Melero Gil.
Pertenecen al comité de empresa, por CC OO, según se constata en el acta de 28 de febrero de 2005, registrada oportunamente en la Dirección General de Trabajo.
Sección de Elecciones y Estatutos, con fecha de 10 de marzo de 2005.
Procedentes de “Limpiberia”:
Josefina San José Miguel.
Lourdes González Rodríguez.
Margarita Marcos Alonso.
Rosa Barreda Martínez.
Natividad Pascual Moreno.
Francisca Jodar Rodríguez.
Pertenecientes al comité de empresa, por CC OO, según se constata en el acta de 21 de enero de 2003, registrada oportunamente en la Dirección General de Trabajo. Sección de Elecciones y Estatutos, con fecha de 22 de enero de 2003.
Por lo expuesto, ambas partes, ACUERDAN Primero. Que el presente acuerdo se suscribe dentro del ámbito de representación ostentado por CC OO en los antiguos comités de empresa, refiriéndose únicamente aquella representación de trabajadores cuya legitimación acreditan los arriba firmantes.
Segundo. Que la empresa “Cliner, Sociedad Anónima”, respeta la condición de representantes de los trabajadores a todos los trabajadores relacionados anteriormente.
Tercero. Que los representantes de los trabajadores relacionados procederán a integrarse en el seno de un único comité de empresa para todas las sucursales de “Caja Madrid”, cuyo servicio de limpieza ha sido adjudicado a “Cliner, Sociedad Anónima”, y que anteriormente estaba contratado con “Limpiberia” y “Olmedo”.
Cuarto. El mandato de los representantes de los trabajadores procedentes de “Limpiberia” terminará el 21 de enero de 2007, procediéndose a celebrar elecciones parciales hasta completar un único comité con los miembros que correspondan al colectivo de trabajadores de “Cliner, Sociedad Anónima”, adscritos al servicio de limpieza de las sucursales de “Caja Madrid” referenciadas anteriormente, al objeto de cumplir lo establecido en el artículo 66 del Estatuto de los Trabajadores.
Este comité terminará su mandato el 28 de febrero de 2009, fecha de finalización del mandato de los representantes procedentes de “Olmedo”.
Quinto. Que “Cliner, Sociedad Anónima”, no reconoce la figura del delegado sindical de las secciones sindicales que en su día CC OO tenía constituidas en los centros de trabajo de las empresas “Olmedo” y “Limpiberia”, ya que estos representaban a los trabajadores afiliados a CC OO en las citadas empresas y no así en “Cliner, Sociedad Anónima”.
Sexto. Los presentes acuerdos se extienden a todos los efectos a los representantes de UGT pertenecientes al comité de empresa de “Olmedo”, doña M. a Carmen Jiménez Trigos y doña Isabel Pilar Muñoz.
En virtud de cuanto antecede y en prueba de conformidad con su contenido, ambas partes firman el presente documento de mutuo acuerdo, por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicados.
El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
El presente acuerdo tiene el valor de trámite preprocesal (intento de conciliación) previsto en el artículo 63 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo, asimismo, fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley rituaria.
Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y treinta horas del día de hoy. El Secretario suplente.
