C. Colectivo , Revision. Convenio Colectivo de Empresa de COMUNIDAD DE REGANTES DE LA MARGEN DERECHA DEL RIO ALAGON (10000902012002) de Cáceres
Empresa Autonomico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2013 en adelante
- Código: 1000902
- Código Nuevo: 10000902012002
- Tipo: Empresa
- Ámbito: Cáceres
- Código: 1000902
- Código Nuevo: 10000902012002
- Tipo: Empresa
- Ámbito: Cáceres
Diario Oficial de Extremadura nº 60 del 28/03/2017
Diario Oficial de Extremadura nº 99 del 26/05/2014
Tipo | Título | F. Publicación | Boletin | F. Vigor | Vigencia | |
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C. Colectivo , Revision | RESOLUCION de 5 de mayo de 2014, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autonoma de Extremadura y se dispone la publicacion del Acta, de fecha 18 de diciembre de 2013, suscrita por la Comision Negociadora del "III Convenio Colectivo de la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Alagon", por la que se modifica integramente el contenido del citado convenio. Codigo de convenio 10000902012002 (2014061053) Convenio afectado por | 26/05/2014 | Diario Oficial de Extremadura | 01/01/2013 | Vigente | Documento oficial en PDF |
Preambulo
Visto el texto del Acta, de fecha 18 de diciembre de 2013, suscrita por la Comisión Negociadora del "III Convenio Colectivo de la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Alagón" (código de convenio 10000902012002), por la que se modifica íntegramente el contenido del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comu nidad Autónoma de Extremadura,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve: