Última revisión
19/12/2007
C. Colectivo. Convenio Colectivo de Empresa de DIPUTACION PROVINCIAL DE GRANADA. PERSONAL LABORAL (18000652011985) de Granada
Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante
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Convenio Colectivo
Convenio afectado por
Preacuerdo de prorroga del convenio colectivo unico del personal laboral al servicio de la diputacionde granada para el periodo 2007-2011. Codigo convenio: 1800652 (Boletín Oficial de Granada num. 243 de 19/12/2007)
N/Rfra.: Servicio Administración Laboral. Relaciones colectivas.
Expte.: 27/2006
Convenio: empresa Diputación Provincial de Granada
Código convenio: 1800652
Visto el texto del convenio colectivo de trabajo para la empresa Diputación Provincial de Granada, acordado entre la representación de la empresa y de los trabajadores, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta delegación provincial de la Consejería de Empleo, acuerda:
Primero. Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de esta delegación provincial, con la advertencia a las partes negociadoras del obligado cumplimiento de la vigente Ley de Presupuesto General del Estado, en la ejecución del mismo. Segundo. Remitir el texto original acordado, una vez registrado, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación para su depósito.
Tercero. Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia. Granada, 4 de diciembre de 2007.- El Delegado Provincial, fdo.: Luis M. Rubiales López.
PREACUERDO DE PRORROGA DEL CONVENIO COLECTIVO UNICO DEL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DE LA DIPUTACION DE GRANADA PARA EL PERIODO 2007- 2011
Como consecuencia del acuerdo de modernización firmado el 24 de noviembre del 2004, con la representación sindical de esta Diputación, en el que se exponía llevar a cabo el desarrollo de un Plan Integral de Recursos Humanos a los efectos de alcanzar una racionalización mejor de la plantilla de personal, mediante el impulso de la promoción interna con el fin de hacer posible una mejor prestación de los servicios públicos provinciales e incentivar la motivación y carrera administrativa del personal de la Diputación Provincial de Granada.
Habiéndose desarrollado en la actualidad dicho Plan durante el ejercicio de 2006 y teniendo en cuenta lo dispuesto en el mismo desde el punto de vista del principio que debe inspirar la modernización de esta administración y siguiendo las indicaciones que el mismo planteaba sobre abordar en el tiempo el programa y calendario que fuere necesario a efectos de seguir en dicho proceso; así como también lo recogido en el acuerdo de 3 de febrero de 2006 sobre ejecución del Plan Integral referido.
Resultando de igual manera la presentación de plataforma de las secciones sindicales sobre impulso y desarrollo de una segunda etapa conforme a los criterios anteriormente citados, conjuntamente con algunas otras propuestas presentadas dentro de la negociación del acuerdo/convenio actual.
Siguiendo con los principios de racionalización e incentivación de los recursos humanos de nuestra organización materializadosen una segunda fase de programas y calendarios de promoción interna vertical dentro de las plantillas de personal, y que se conforma de la siguiente manera:
A. Administración General: Dentro de la Escala de Admón. Gral. sepretende ordenar dentro del grupo C como administrativos al personal auxiliar administrativo perteneciente al grupo D, con la creación de 23 plazas de administrativo grupo C y amortización de 23 plazas de auxiliares administrativos grupo D, respectivamente.
Respecto a la ordenación dentro del grupo B de los denominados técnicos de Gestión, se pretende disponer de plantilla suficiente para la gestión generalistanecesaria para las actividades de distintas áreas o delegaciones, por lo que se propone teniendo en cuenta la dotación de la fase anterior crear nueve plazas de técnicos medios de Gestión y consiguiente amortización de nueve plazas de administrativos grupo C.
En consecuencia con la racionalización del grupo E de Subalternos y con la creación de plazas de la categoría de auxiliar de Servicios Generales, generalistay polivalente para las actividades propias de esta administración, se propone la creación de ocho plazas de auxiliares de Servicios Generales y la amortización de ocho plazas de subalternos grupo E.
El descriptor funcional de las actividades y funciones atribuidas a las categorías aquí expresadas son de igual contenido y amplitud que las ya dotadas en la Relación de Puestos de Trabajo. B. Administración Especial: Dentro de esta escala hay que considerar tres grandes aspectos esenciales para abordar la definición racionalización y consecuente posibilidad de promoción de las distintas categorías o grupos y clases que contienen esta escala; a saber:
a. Redefinir conceptos generales de colectivos por sus propias funciones, encargados, ya sean de Servicios Generales o de Mantenimiento así como de otros colectivos con denominaciones actualmente específicas y que deben ser abordados desde el punto de vista de un mejor aprovechamiento de las distintas actividades que necesitan los servicios, véase la nueva creación de auxiliares de Servicios Generales, así como otras que pudieran derivarse consecuencia de llevar a cabo promociones de los grupos D al C, sobre todo en la subescalade Servicios Especiales con funciones eminentemente de carácter manual y con cualificación profesional según grupo de pertenencia.
b. Determinación especifica de cada uno de los supuestos y de definición de nuevas categorías en su caso, a efectos de promoción y número correspondiente para llevar a cabo la misma.
c. Calendario de realización y desarrollo de la gestión de las promociones, teniendo en cuenta tanto en este caso tanto la Administración General como la Administración Especial, si bien diversificando en el tiempo la correspondiente a Administración Especial.
Los detalles específicos y contenidos quedan redactados en este acuerdo con las especificaciones y características necesarias para poder llevarlo a cabo, incluyéndose número, grupo o categoría, plaza correspondiente de grupo superior, recogiéndose tanto el cupo correspondiente a personal funcionario como a laboral fijo.
Otros aspectos en la negociación del convenio: Como quiera que la representación sindical ha presentado otras propuestas reivindicativas a efectos de un nuevo período de vigencia del convenio de la Diputación referido a distintas materias actualmente vigentes y con propuestas de modificaciones puntuales o no al mismo, con estos criterios se ha llegado a los siguientes acuerdos:
Primero. Prorrogar expresamente el convenio colectivo único del personal laboral al servicio de la Diputación Provincial de Granada para el periodo 2004- 2006, que extenderá su vigencia hasta 31 de marzo de 2011. Hasta el vencimiento de este nuevo plazo de vigencia se mantendrán la totalidad de las condiciones establecidas en el convenio, tanto sus cláusulas normativas como obligacionales, salvo en aquellos casos en que por norma legal resulte obligada su modificación.
Segundo. El horario especial de verano previsto en el art. 32.1 b), primer inciso, queda configurado del siguiente modo: 2007 1 de junio a 30 de junio (de 8: 30 a 14: 00 horas). 1 de julio a 30 de septiembre (de 8: 00 a 14: 00 horas). 2008 en adelante (1 de junio a 30 de septiembre): de 8: 00 a 14: 00 horas. Tercero. Las partes firmantes se comprometen a cerrar en el plazo máximo de 3 meses a partir de la vigencia del presente acuerdo la propuesta de una nueva Circular sobre formación y gestión de bolsas de trabajo y selección de personal no permanente de acuerdo con el marco legal vigente, adaptando consecuentemente la redacción de los arts. 23, 24 y correlativos del convenio.
Cuarto. En desarrollo del presente convenio se adecuará la reglamentación existente sobre gestión de personal para los Centros Sociales de Armilla para la unificación y actualización de los criterios de actuación.
Quinto. En desarrollo de los arts. 11.1, 11.2, primer inciso, y 11.5 del presente convenio y de acuerdo con el documento suscrito por todas las secciones sindicales representadas en la Diputación de Granada el 3 de febrero de 2006, el número, reparto y calendario de ejecución de las convocatorias de promoción interna correspondientes a la segunda fase de cierre del Plan Integral de Recursos Humanos de la Diputación de Granada se desglosará del siguiente modo:
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Sexto. En el marco de la potestad autoorganizatoria de la corporación provincial y de lo dispuesto en el art. 6, párrafo primero, del presente convenio, la Comisión Técnica de R. P. T. acometerá el cierre de los trabajos correspondientes al apartado III del documento suscrito por todas las secciones sindicales representadas en la Diputación de Granada el 3 de febrero de 2006, quedando en consecuencia cerrada su ejecución.
Séptimo. De acuerdo con lo dispuesto en el anexo III del presente convenio, donde se incluye el Reglamento de Acción Social, se procede por la Diputación de Granada a la nivelación de su aportación presupuestaria con destino al cumplimiento de todos los compromisos derivados de la aplicación del referido Reglamento, estimándose en una aportación adicional del 3,5%.
Octavo. Las partes firmantes se comprometen a introducir en el texto del presente convenio las adaptaciones oportunas como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Granada, 29 de marzo de 2007.- La Vicepresidenta Primera, Juana Mª Rodríguez Masa; el Vicepresidente Segundo, Andrés Ruiz Martín; la Diputada Delegada de RR. HH., Inmaculada Oria López; sección sindical U. G. T., José Tapia Barrionuevo; sección sindical CC. OO., Francisco Anguita Romera, Mª AngelesMolina Ronquillo; sección sindical de U. S. O., Remedios Toral Olvera.
