Convenio Colectivo de Emp... de Madrid

Última revisión
26/03/2004

-. Convenio Colectivo de Empresa de MOINDE, S.L. de Madrid

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Resolucion de 3 de marzo de 2004, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Empleo y Mujer, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa Moinde, Sociedad Limitada, y delegado de personal (PCM84/2004). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 73 de 26/03/2004)

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de marzo de 2004. El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM84/2004.

En Madrid, a las once horas del miércoles, 18 de febrero de 2004. Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Antonio García Gil Corrales, con número de identificación fiscal 5901756- W.

Vocal: Don Pablo Jiménez Morchón, con número de identificación fiscal 1814997- K.

Vocal: Don Joaquín M. Delgado Durán, con número de identificación fiscal 51300679- F.

Vocal: Don David Juan Pérez Martínez, con número de identificación fiscal 51933804- B.

Secretaria: Doña Encarnación Cazorla Aparicio, con número de identificación fiscal 21295798- Y.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación para conocer en este acto del expediente marginado, registrada en esta sede con fecha jueves, 12 de febrero de 2004.

De una parte, y constan como citados, comparecen: Don Vicente Cordero Ramos, con número de identificación fiscal 7765238- R, en calidad de administrador.

La empresa “Moinde, Sociedad Limitada”, domiciliada en la calle Brañuelas, número 14, polígono “Cobo Calleja”, 28947 Fuenlabrada (Metropolitana Sur).

De otra parte, y constan citados, comparecen y actúan en nombre de los trabajadores:

Don Sotero Organero Vélez, con número de identificación fiscal 3798321- D, en calidad de representante de MCAUGT. Don Abel Montalvo Vega, con número de identificación fiscal 4496949- N, en calidad de representante de MCAUGT. Don Pedro Porcel Porcel, con número de identificación fiscal 51960331- L, en calidad de delegado de personal.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto según escrito introductorio presentado por la representación de la Federación de Metal, Construcción y Afines de UGT Madrid

ABIERTO EL ACTO

La representación de la parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

El delegado de personal manifiesta su postura. Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.

Realizado el Acto de Conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de CON AVENENCIA En los siguientes términos:

1. Ambas partes acuerdan que el horario de la empresa es de nueve a catorce horas y de quince a dieciocho horas. Asimismo, las partes acuerdan mantener en el seno de la empresa las reuniones necesarias para firmar un acuerdo, al objeto de regular con precisión un plus de prolongación de jornada en aquellos trabajadores que se vean afectados.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene el valor de trámite preprocesal (intento de conciliación) previsto en el artículo 63 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo, asimismo, fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencia, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley rituaria.

Leída el Acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y se entrega la correspondiente copia certificada, a las doce y treinta horas del día de hoy. La secretaria (firmado).