Última revisión
04/03/2025
Revisión. Convenio Colectivo de Empresa de TORRASPAPEL, S.A. (31101581012019) de Navarra
Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
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RESOLUCIÓN 37C/2025, de 15 de febrero, del Director General de Economía Social y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial para el año 2025 del Convenio Colectivo de la empresa Torraspapel S.A. (Boletín Oficial de Navarra num. 43 de 04/03/2025)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con el Decreto Foral 251/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo,
RESUELVO:
Primero.?Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.
Segundo.?Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Pamplona, 15 de febrero de 2025.?El director general de Economía Social y Trabajo, Iñaki Mendióroz Casallo.
REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2025 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA TORRASPAPEL S.A.
ACTA
DIRECCIÓN:
Igor Iceta Lizarraga.
Rafael Reina Vélez.
COMITÉ DE EMPRESA:
Eden Gastearnea Erreguerena.
Hegoi Bengoetxea Azpirotz.
Jose Manuel Morales Campos.
Iñigo Larrarte Osinalde.
Joseba Dominchin Azpiroz.
Kaiet Vidaurre Zubeldia.
Maitane Villabona Zabaleta.
Eneko Andueza Aramendia.
Unai Olano Echavarri.
Xabier Portu Telletxea.
Asier Zubillaga Gaztañaga.
Josu Bernaras Oiartzabal.
Jesús Oiartzun Sagastibeltza.
DELEGADO SINDICAL:
Juan Pablo Zubelzu Arrayago.
En Leitza, siendo las 11:00 horas del día 24 de enero de 2025, se reúnen las personas que al margen se relacionan en representación de la Dirección y del Comité de Empresa de este Centro de Trabajo.
ORDEN DEL DÍA:
1. Revisión salarial del Convenio Colectivo de empresa para el año 2025.
1.?Revisión Salarial del Convenio Colectivo de empresa para el año 2025.
Dirección y Comité de Empresa se reconocen mutuamente como interlocutores, y acuerdan:
Aceptar como Índice de Precios al Consumo en el año 2025 el 2,8%.
Confeccionar las tablas del Anexo 3 conforme a lo establecido en al artículo 17. Sistema Retributivo, Incremento 2025:
"Se aplicará a las tablas salariales del acuerdo de grupos profesionales (Anexo 2) el IPC del año 2024 incrementado en 0,25 puntos más el valor de la siguiente tabla.
% EC+AT // INCREMENTO
> 5,50% // 0,00
De 4,01% a 5,50% // 0,25
De 3,01% a 4,00% // 0,45
< 3,01% // 0,55
Si el número de Accidentes con Baja (LTA) durante el año 2024 es cero (0), se sumará al resultado de las operaciones anteriores 0,15 puntos.
En caso de IPC negativo, se considerará IPC=0".
Aprobar las tablas confeccionadas con los criterios antes mencionados.
Se encomienda a la dirección de la empresa la gestión de presentación de esta Revisión Salarial del Convenio ante la Autoridad Laboral competente, a los efectos de registro, depósito y publicación de la misma en la forma que legalmente proceda.
Por el Comité Por la Dirección
TABLAS SALARIALES AÑO 2025
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