Última revisión
Carta de desistimiento de contrato de arrendamiento por el arrendatario sin indemnización
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos 6 meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de 30 días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización. (Artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
D./D.ª [ARRENDATARIO]
Domicilio [DESCRIPCIÓN]
TLF [NÚMERO]
A/A de D./D.ª [ARRENDADOR]
Por la presente, yo D./D.ª [ARRENDATARIO], arrendatario del inmueble sito en [DESCRIPCIÓN], en virtud de contrato …
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