Última revisión
30/07/2021
Concesión de prórroga del período de excedencia voluntaria
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 30/07/2021
Según las SSTS, rec. 2366/2010, de 20 de Junio de 2011, ECLI:ES:TS:2011:4705 y rec. 95/2010, de 23 de julio de 2010, ECLI:ES:TS:2010:4601, cualquier prórroga de la excedencia voluntaria (aunque marque un periodo de entre 4 meses y cinco años una vez solicitada), se entenderá como el nuevo ejercicio del derecho, fijando el Estatuto de los Trabajadores que tienen que transcurrir cuatro años desde la anterior excedencia para poder solicitarlo. Por tanto, el empresario no está obligado a conceder prórrogas a las excedencias voluntarias solicitadas.
En [LUGAR], a [DIA] de [MES] de [ANIO].
[DATOS_EMPRESA].
D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA].
DNI [NÚMERO]
Muy Sr/Sra. mío/mía:
Por medio de la presente, y en virtud de su solicitud de la prórroga de la situación de excedencia en la que se encuentra, le comunicamos que la empresa le concede dicha prórroga. En consecuencia, el período inicial de [PLAZO] se entiende ampliado por [PLAZO] más, siendo el p...
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