Última revisión
22/04/2019
Contrato de arrendamiento de local o nave afectados urbanísticamente
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Orden: civil
Fecha última revisión: 22/04/2019
Los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen de forma imperativa por los títulos I y IV de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y en todo lo demás, por la voluntad de las partes; en su defecto por lo dispuesto en el Título III de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.
Al primar la voluntad de las partes para establecer las condiciones del contrato, a diferencia de lo que ocurre con los arrendamientos de vivienda, en éstos no se establece un plazo mínimo de duración, quedando a lo que las partes establezcan libremente.
En [LOCALIDAD], a [DIA] de [MES] de [AÑO].
REUNIDOS
De una parte, D./Dña. [NOMBRE ARRENDADOR], mayor de edad, con DNI núm. [NÚMERO] domiciliado en [DOMICILIO ARRENDADOR], en lo sucesivo el ARRENDADOR/A.
Y de otra parte, D./Dña. [NOMBRE ARRENDATARIO], mayor de edad, con DNI núm. [NÚMERO] domiciliado en [DOMICILIO ARRENDATARIO], en lo sucesivo el ARRENDATARIO/A.
INTERVIENEN
El primero, el ARRENDADOR...
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