Contrato de arrendamiento de vivienda. Adaptado ley vivienda. Opción de cesión a familiar. Persona física
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Contrato de arrendamiento...ona física

Última revisión
02/06/2023

Contrato de arrendamiento de vivienda. Adaptado ley vivienda. Opción de cesión a familiar. Persona física

Tiempo de lectura: 19 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 02/06/2023

Resumen:

El contrato que a continuación se muestra se articula con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler en vigor desde el 06-03-2019. En él se contempla la posible cesión a un familiar (fuera de los casos de cónyuge o hijos dependientes que establece el art. 7 de la Ley de arrendamientos urbanos).

A TENER EN CUENTA. Este formulario se encuentra actualizado con las novedades introducidas por la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que entró en vigor el 26/05/2023.


 

En [LOCALIDAD] a [DIA] de [MES] de [AÑO]

 

REUNIDOS

 

De una parte, Don/ Doña [NOMBRE], con DNI [NÚMERO], mayor de edad, con domicilio en Ciudad [CIUDAD], C/ [CALLE], con teléfono [NÚMERO] en adelante la parte ARRENDADORA.

Y de otra, Don/ Doña [NOMBRE] con DNI [NÚMERO] mayor de edad, con domicilio en [CIUDAD], C/ [CALLE], teléfonos [NÚMERO] y [NÚMERO], en adelante la parte ARRENDATARIA.

 

INTERVIENEN

 

Ambas partes en nombre propio, acreditando su identidad por los documentos indicados; se reconocen mutuamente capacidad y legitimación para celebrar el presente

 

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

y, al efecto

 

EXPONEN

 

I.- La parte ARRENDADORA es dueña en pleno dominio del inmueble destinado a vivienda señalado como [SITUACION] de la casa sita en el número [NUMERO] de la C/ [CALLE] de [CIUDAD].

II.- Es intención de la parte ARRENDATARIA el arrendar el inmueble descrito anteriormente, siendo intenciòn de la parte ARRENDADORA ofrecérselo en arriendo.

III.- Las partes, ARRENDADORA Y ARRENDATARIA, a los efectos de formalizar el arrendamiento del meritado inmueble, lo efectúan por medio del presente documento, llevándolo a efecto con sujeción al clausulado que precede.

IV.- El presente contrato no es de adhesión y ha sido pactado por ambas partes de forma expresa y detallada, sin suscripción general del mismo, sino previa negociación particular de las diferentes cláusulas.

 

CLÁUSULAS

 

Primera.- Objeto

El objeto del presente contrato es el arrendamiento de la vivienda descrita en la parte expositiva, sin mobiliario, por el que el ARRENDADOR cede en arriendo la misma al ARRENDATARIO que la usará y disfrutará por él mismo o su familia

 La parte arrendataria declara haber procedido al exámen exhaustivo y pormenorizado del inmueble, así como sus accesorios, conocer las características de la vivienda y del mobiliario que la comprende, manifestando recibir todo aquello objeto del arriendo en perfecto estado de conservación, a su entera satisfacción, aceptando la obligación de cuidarla, siendo de su cuenta los gastos causados por los desperfectos que produzcan, como rotura de cristales, cerraduras y demás elementos e instalaciones, pintura, suelos y mobiliario, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 1.561 del Código civil.

La parte arrendataria dispone de [PLAZO DIAS] días desde la fecha de entrada en vigor del presente contrato para comprobar el buen funcionamiento en general de los componentes de la vivienda.

Pasado este periodo, asumirán los gastos de mantenimiento y reparación que les correspondan, según lo especificado en la cláusula novena.

 

Segunda.- Cesión del contrato y subarriendo

La vivienda arrendada ha de ser destinada única y exclusivamente a domicilio y hogar permanente de la parte arrendataria, sin que quepa destinarla a cualquier otro uso o destino.

El presente contrato no se podrá ceder ni subarrendar en todo o en parte, a excepción de que la cesión o subarriendo se produzca a favor de una persona de la familia del arrendatario (tanto consanguíneo como afín), siempre que lo comunique al arrendador con quince días de antelación al acto de la ocupación, haciendo saber de quién se trata y qué grado de parentesco lo une con el arrendatario, quedando el cesionario en las mismas condiciones contractuales de su cedente.

El incumplimiento de esta condición, será motivo suficiente para resolver el contrato, por subarriendo no consentido, e instar el desahucio

 

Tercera.- Duración del contrato (1)

La duración del presente contrato se pacta por un período de CINCO años , a contar a partir del [FECHA], día en que se entregará a la parte arrendataria la posesión de la vivienda y las llaves de acceso a la misma, y, quedará extinguido el [FECHA].

No procederá prórroga obligatoria del contrato, estipulada en el artículo 10.1 de la LAU , ya que se trata de un contrato con una duración superior a cinco años.

El mismo quedará extinguido llegada la fecha de su vencimiento.

 

Cuarta.- Necesidad de ocupación de la vivienda por uso permanente familiar

Se hace expresa constancia por la parte ARRENDADORA, que en el caso de darse alguna de las situaciones enumeradas en el apartado 3 del artículo 9 de la Ley de arrendamientos urbanos, en su redacción dada por el Real Decreto Ley 7/2019 de 1 de marzo, no procederá la prórroga obligatoria una vez transcurrido un año del arrendamiento.

A estos efectos, el ARRENDADOR está obligado a notificar al ARRENDATARIO que tiene necesidad de la vivienda arrendada, especificando la causa o causas para el mismo, de conformidad con el precepto meritado, al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar.

El

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