Última revisión
24/11/2020
Contrato de préstamo de dinero entre empresa y persona trabajadora
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Tiempo de lectura: 6 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 24/11/2020
Resumen:
Este tipo de acuerdos se desarrolla en el artículo 43 LIRPF, respecto a la valoración de las rentas en especie (cuando los intereses estén por debajo al tipo legal del dinero en el periodo en el que fue suscrito el acuerdo de préstamo).
Una persona trabajadora puede solicitar un préstamo a la empresa bien por existir esta posibilidad en el convenio colectivo aplicable, o bien de forma individual en caso de existir acuerdo.
En caso de que el préstamo privado otorgado por la empresa suponga una ventaja respecto a los tipos de interés habituales en el mercado adquirirá la consideración de salario en especie.
Este tipo de acuerdos se desarrolla en el artículo 43 LIRPF, respecto a la valoración de las rentas en especie (cuando los intereses estén por debajo al tipo legal del dinero en el periodo en el que fue suscrito el acuerdo de préstamo).
En [CIUDAD], a [DIA] de [MES] de [ANIO]
REUNIDOS
De una parte D./Dña [NOMBRE_ADMINISTRADOR], en nombre y representación de la empresa [NOMBRE_EMPRESA], con domicilio social en [DOMICILIO_SOCIAL] y con C.I.F núm. [NUMERO_CIF], llamado en adelante prestamista Y de otra parte,
D./Dña [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA], mayor de edad, casado, con una antigüedad en la empresa desde [FECHE], con la categoría/g...
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