Última revisión
01/01/2023
Modelo TA. 0521- Hoja adicional. Declaración de inicio o cese de actividades del régimen especial de la Seguridad Social TGSS
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 01/01/2023
Cuando los trabajadores autónomos realicen simultáneamente dos o más actividades que den lugar a la inclusión en este régimen especial, su alta en él será única, debiendo declarar todas sus actividades en la solicitud de alta o, de producirse la pluriactividad después de ella. Del mismo modo se procederá en caso de que varíe o finalice su situación de pluriactividad.
IMPORTANTE: ESTA HOJA ADICIONAL ÚNICAMENTE DEBERÁ CUMPLIMENTARSE EN EL SUPUESTO DE QUE EL SOLICITANTE REALICE MÁS DE UNA ACTIVIDAD POR CUENTA PROPIA.
NORMATIVA
- REAL DECRETO 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
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