Última revisión
20/11/2025
Demanda contra despido objetivo ante descentralización productiva o externalización de servicios
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 20/11/2025
La mera externalización del servicio resultaba un factor suficiente para acreditar y justificar la adecuación de la decisión extintiva empresarial. No obstante, se considerará improcedente la extinción de un puesto de trabajo que no quede vacío de contenido por la externalización del servicio (STS, rec. 1605/2008, de 2 de marzo de 2009, ECLI:ES:TS:2009:1203). El plazo para ejercitar la acción de impugnación de la decisión extintiva será de veinte días, que en todo caso comenzará a contarse a partir del día siguiente a la fecha de extinción del contrato de trabajo. El trabajador podrá anticipar el ejercicio de su acción a partir del momento en que reciba la comunicación empresarial de preaviso.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL/A LA SECCIÓN DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)
D./D.ª [NOMBRE_PERSONA_TRABAJADORA] con DNI n.º [DNI_PERSONA_TRABAJADOR], mayor de edad, y con domicilio en [DOMICILIO], ante este JUZGADO DE LO SOCIAL comparece y, como mejor proceda en Derecho:
DIGO
Que, mediante el presente escrito, formula DEMANDA POR DECISIÓN EXTINTIVA IMPROCEDENTE contra la empresa [N...
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