Última revisión
30/10/2025
Demanda solicitando a la empresa reconocimiento de antigüedad y condición de fijo (falta de formalización escrita del contrato de trabajo)
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 30/10/2025
Para reclamar la antigüedad en la empresa, bien por no reconocerse correctamente, bien por computarse la existencia de prestación de servicios anterior a la consignación contractual, ha de reclamarse a través de una papeleta de conciliación y posteriormente demanda ante el orden jurisdiccional social.
El reconocimiento de antigüedad puede plantearse en solitario, como un procedimiento de reconocimiento de derecho, a la vez de las cantidades asociadas a la misma (plus de antigüedad), o junto a otros procedimientos de despido o de extinción, al influir directamente en la indemnización que se puede recibir.
La reforma laboral 2021-2022 modifica el art. 15 del ET con efectos de 30/03/2022 eliminando la antigua modalidad de contratación temporal de obra o servicio determinado. No obstante:
- Se establece un régimen transitorio para los contratos de duración determinada vigentes a 31/12/2021 (D.T. 3.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre): se mantendrá la regulación normativa bajo la que fueron concertados hasta duración máxima (en el caso del contrato de obra tres años ampliable hasta doce meses más por convenio colectivo).
- Se establece un régimen transitorio para los contratos de duración determinada concertado entre el 31/12/2021 y el 30/03/2022 (D.T. 4.ª del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre): se regirán por la normativa legal o convencional vigente en la fecha en que se han concertado y su duración no podrá ser superior a 6 meses.
Por su parte, la reforma laboral de 2022 también ha modificado el apartado 4 del artículo 15 del ET estableciendo su nueva redacción:
«Las personas contratadas incumpliendo lo establecido en este artículo adquirirán la condición de fijas.
También adquirirán la condición de fijas las personas trabajadoras temporales que no hubieran sido dadas de alta en la Seguridad Social una vez transcurrido un plazo igual al que legalmente se hubiera podido fijar para el periodo de prueba».
El apartado 2 artículo 8 del ET dispone lo siguiente:
«De no observarse la exigencia de forma escrita, el contrato de trabajo se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios.
Cualquiera de las partes podrá exigir que el contrato se formalice por escrito, incluso durante el transcurso de la relación laboral».
Formulario de demanda para la solicitud por parte del trabajador/a a la empresa del reconocimiento de antigüedad anterior a la formalización escrita del contrato y condición de fijo por fraude de ley en la misma tras un contrato temporal por obra.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
AL JUZGADO DE LO SOCIAL [NUM_JUZGADO] DE [LOCALIDAD] / A LA SECCIÓN DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (4)
D./D.ª [NOMBRE_LETRADO/GRADUADO_SOCIAL], en calidad de Letrado y representante de D./D.ª [NOMBRE_TRABAJADOR], correo electrónico [CORREO_ELECTRONICO] y telf. [NÚM_TLF], representación que acredito mediante copia de escritura de apoderamiento que acompaño, y domicilio a efect...
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