Escrito de personación en...particular

Última revisión
29/01/2024

Escrito de personación en la causa de la víctima de violencia de género como acusación particular

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: penal

Fecha última revisión: 29/01/2024

Resumen:

La Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, introduce en su artículo 20 la asistencia jurídica a las víctimas, reconociendo su derecho al asesoramiento, defensa y representación gratuitos. En su apartado 7 hace referencia a la posibilidad de personación de la víctima como acusación particular, con el siguiente tenor: «Las víctimas de violencia de género podrán personarse como acusación particular en cualquier momento del procedimiento si bien ello no permitirá retrotraer ni reiterar las actuaciones ya practicadas antes de su personación, ni podrá suponer una merma del derecho de defensa del acusado».

La referida personación se realizará mediante un escrito como el que a continuación se muestra.

A TENER EN CUENTA. Dispone el nuevo art. 258bis, introducido en la LECrim vía Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que las actuaciones procesales se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio Fiscal. La presencia telemática de las actuaciones se garantizará especialmente cuando estas incumban a víctimas de violencia de género, salvo que el Juez o Tribunal, mediante resolución motivada, en atención a las circunstancias del caso concreto, estime necesaria su presencia física. Esta novedad entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, de modo que hasta ese momento, el art. 258bis LECrim no resulta de aplicación. El siguiente formulario se halla actualizado a la citada reforma.


Procedimiento [ESPECIFICAR]/[NUMERO] 

AL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD] 

D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, en nombre y representación de D.ª [NOMBRE_CLIENTE], la cual ha sido conferida en virtud del Turno de Oficio, acreditada ante el Juzgado [NUMERO] de [LOCALIDAD], sobre delito de [DESCRIPCION] del [NUM_ARTICULO] del Código Penal, seguido por la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, ante esta Sala comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que, en virtud de la representación conferida y por medio del presente escrito, bajo la Dirección letrada de D./Dña. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE], Colegiado/a [NUMERO], ICA [LOCALIDAD], paso a personarme en concepto de ACUSACIÓN PARTICULAR, solicitando se entiendan conmigo las sucesivas diligencias y actuaciones.

Todo ello en base al artículo 20 de la LO 1/2004, en el cual se establece la posibilidad de que las víctimas de violencia de género se personan como acusación particular en cualquier momento del proceso: «7. Las víctimas de violencia de género podrán personarse como acusación particular en cualquier momento del procedimiento si bien ello no permitirá retrotraer ni reiterar las actuaciones ya practicadas antes de su personación, ni podrá suponer una merma del derecho de defensa del acusado».

En cuanto a las actuaciones a practicar una vez personada mi representada, señalamos lo establecido en el art. 258bis, apartado tercero: «3.?Se garantizará especialmente que las declaraciones o interrogatorios de las partes acusadoras, testigos o peritos se realicen de forma telemática en los siguientes supuestos, salvo que el Juez o Tribunal, mediante resolución motivada, en atención a las circunstancias del caso concreto, estime necesaria su presencia física:

a)?Cuando sean víctimas de violencia de género (...) Todas ellas podrán intervenir desde los lugares donde se encuentren recibiendo oficialmente asistencia, atención, asesoramiento o protección, o desde cualquier otro lugar, siempre que dispongan de medios suficientes para asegurar su identidad y las adecuadas condiciones de la intervención (...)». (1)

Por lo expuesto,

SUPLICO:

Que tenga por presentado este escrito con los documentos que se acompañan, se admita, y se me tenga por personado/a y parte en la representación que acredito de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], como acusación particular, bajo la asistencia técnica del/de la Letrado/a designado/a, y se me de vista de lo actuado. 

Por ser justicia que pido en [LOCALIDAD] a [DIA_MES_AÑO].

 

Lic. [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE]


Proc. [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE]


(1) Tras la introducción en la LECrim del nuevo art. 258bis a través del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, las actuaciones procesales se realizarán preferentemente, salvo que el juez o jueza o tribunal, en atención a las circunstancias, disponga otra cosa, mediante presencia telemática, incluyendo las que se celebren ante los/las letrados/as de la Administración de Justicia o ante el Ministerio fiscal. En las citaciones se informará de la posibilidad de declarar de forma telemática en las condiciones establecidas en el citado precepto. Esta reforma entrará en vigor el 20 de marzo de 2024, hasta ese momento el art. 258bis LECrim no se aplicará.

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