Escrito para la presentac...n de pagos

Última revisión
10/12/2025

Escrito para la presentación de la propuesta de convenio formulada por concursado y el correspondiente plan de pagos

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Relacionados:

Tiempo de lectura: 3 min

Orden: mercantil

Fecha última revisión: 10/12/2025

Resumen:

El convenio es una de las posibles formas de terminar el procedimiento concursal y consiste, fundamentalmente, en un acuerdo entre los acreedores y la entidad concursada respecto a la forma de satisfacción de los créditos. 

El art. 315 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal autoriza al deudor y a los acreedores cuyos créditos superen una quinta parte de la masa pasiva a presentar propuesta de convenio en los términos establecidos en dicho precepto y siguientes. Así el art. 316 del TRLC establece que: 

«1. La propuesta de convenio se formulará por escrito y estará firmada por el deudor o por todos los acreedores proponentes, o por sus respectivos representantes con poder suficiente.

2. Cuando la propuesta contuviera compromisos a cargo de acreedores o de terceros para realizar pagos, prestar garantías o financiación o asumir cualquier otra obligación, deberá ir firmada, además, por los compromitentes o sus respectivos representantes con poder suficiente, incluso aunque la propuesta tuviera contenido alternativo o atribuya trato singular a los acreedores que acepten esas nuevas obligaciones.

3. Las firmas de la propuesta y, en su caso, la justificación de su carácter representativo, deberán estar legitimadas».

En cuanto al contenido de la propuesta de convenio resulta aplicable el art. 317 del TRLC (modificado por el RD-ley 5/2023, de 28 de junio, con entrada en vigor el 30/06/2023):

«1. La propuesta de convenio deberá contener proposiciones de quita, de espera o de quita y espera. La espera no podrá ser superior a diez años.

2. La propuesta de convenio podrá contener, para todos o algunos acreedores o para determinadas clases de acreedores, con excepción de los acreedores públicos, cuantas proposiciones adicionales considere convenientes el proponente o proponentes sin más limitaciones que las establecidas por la ley.

3. En la propuesta de convenio podrá incluirse la modificación estructural de la persona jurídica concursada».

Y el art. 331 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal preceptúa que la propuesta de convenio deberá presentarse acompañada de un plan de pagos.

Respecto a la forma de presentación y admisión a trámite resultan aplicables los artículos 337 y siguientes.

A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.


AL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE [LOCALIDAD]/A LA SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [LOCALIDAD] (1)

Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador/a de los Tribunales, actuando en nombre y representación de [DENOMINACIÓN SOCIAL ENTIDAD CONCURSADA] con CIF [CIF], en su condición de entidad concursada en el concurso seguido ante ese Juzgado/esta Sección con el número de autos [NÚMER...

Escrito para la presentación de la propuesta de convenio formulada por concursado y el correspondiente plan de pagos

Ver el documento "Escrito para la presentación de la propuesta de convenio formulada por concursado y el correspondiente plan de pagos"

Acceda bajo demanda

Accede a más de 4.000.000 de documentos

Localiza la información que necesitas

Fórmate con Colex en esta materia. Ver libros relacionados.