Escrito de recusación de ...del jurado

Última revisión
28/08/2024

Escrito de recusación de miembro del jurado

Tiempo de lectura: 4 min

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Orden: penal

Fecha última revisión: 28/08/2024

Resumen:

El artículo 21 de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado establece la posibilidad de recusar a alguno de los jurados nombrados si concurre en él alguna causa de incapacidad, incompatibilidad o prohibición y señala:

«El Ministerio Fiscal y las demás partes, a quienes se ha debido entregar previamente el cuestionario cumplimentado por los candidatos a jurados, podrán formular recusación, dentro de los cinco días siguientes al de dicha entrega, por concurrir falta de requisitos o cualquiera de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en esta Ley. También propondrán la prueba de que intenten valerse.

Cualquier causa de recusación de la que se tenga conocimiento en ese tiempo, que no sea formulada, no podrá alegarse posteriormente».


A LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE [LOCALIDAD]

Procedimiento ante el Tribunal del Jurado

Número: [NÚMERO]/[AÑO]

D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE] procurador/a de los tribunales, en nombre y representación de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE] con DNI [NÚMERO] y domicilio en [DIRECCIÓN], bajo la dirección letrada de D./D.ª [NOMBRE_ABOGADO_CLIENTE] colegiado n.º [NUMERO] del ICA de [LUGAR], ante la audiencia comparezco y como mejor proceda en derecho,

DIGO                                                      

Que por medio del presente vengo a interponer ESCRITO DE RECUSACIÓN DEL MIEMBRO DEL JURADO D./D.ª [NOMBRE], conforme a lo establecido en el art. 21 de la LOTJ y con base en los siguientes:

HECHOS

PRIMERO.- Siendo notificada esta parte del resultado del sorteo realizado en audiencia pública el [FECHA] y habiendo recibido el cuestionario de las personas designadas, esta parte viene a interponer recusación frente al miembro del jurado D./D.ª [NOMBRE] en tiempo y forma, conforme a lo establecido en el art. 21 de la LOTJ.

SEGUNDO.- Esta parte considera que en D./D.ª concurre causa de [ESPECIFICAR] (1), ya que del cuestionario se deduce que el mismo [ESPECIFICAR] (2).

Y ello con base a los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- El art. 21 de la LOTJ faculta a las partes para formular recusación de los miembros del jurado nombrados, señalando:

«El Ministerio Fiscal y las demás partes, a quienes se ha debido entregar previamente el cuestionario cumplimentado por los candidatos a jurados, podrán formular recusación, dentro de los cinco días siguientes al de dicha entrega, por concurrir falta de requisitos o cualquiera de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en esta Ley. También propondrán la prueba de que intenten valerse.

Cualquier causa de recusación de la que se tenga conocimiento en ese tiempo, que no sea formulada, no podrá alegarse posteriormente».

II.- La LOTJ señala como causa de [ESPECIFICAR] (1) en su artículo [ESPECIFICAR] (3), la consistente en [ESPECIFICAR] (2).

III.- El Tribunal Supremo ha reconocido que el mecanismo de recusación es el medio procesal por excelencia para garantizar la imparcialidad judicial y así señala en su sentencia n.º 315/2011, de 16 de abril, ECLI:ES:TS:2011:2474:

«De otra parte, y tal como se le advierte a la defensa en la sentencia de instancia, el mecanismo o remedio procesal por excelencia reconocido a las partes para la adecuada protección de la imparcialidad judicial no es otro que el de la recusación ( STC 306/2005), remedio que en el procedimiento del Jurado está previsto tanto sobre la base de las respuestas contenidas en los cuestionarios (art. 21 LOTJ ), como tras el interrogatorio realizado a los candidatos a jurados convocados que concurrieran a la audiencia del art. 38 LOTJ , como, finalmente, sin sujeción a causa o "sin alegación de motivo determinado", tras el nuevo interrogatorio a practicar para la selección de los nueve titulares y a los dos suplentes (art. 40 LOTJ ).

Por ello, conforme al art. 223.1 LOPJ ("la recusación deberá proponerse tan pronto como..."), es procedente que se exija a la parte que pretende denunciar la pérdida de la imparcialidad de alguno o de todos los miembros del Jurado la diligente utilización de dicho remedio desde el momento en que tenga conocimiento de la causa en que pretenden fundarse, sin esperar a denunciar su concurrencia sólo cuando haya recaído una resolución desfavorable, excepto en los supuestos en que le sea exigible al órgano judicial el planteamiento de oficio, por tratarse de circunstancias cuya apreciación no dependa de elementos valorativos ( SSTS 1084/2003 de 18 jul . y 529/2005 de 27 abr.; SSTC 310/2000 y 39/2004; STEDH de 28 octubre 1998, Castillo de Algar vs. España)».

Por todo lo expuesto, 

SUPLICO A LA AUDIENCIA, tenga por presentado este escrito de recusación del miembro del jurado D./D.ª [NOMBRE] y previos los trámites legales oportunos declare su cesación y se nombre nuevo miembro del jurado.

Es justicia que pido en [LUGAR] a [FECHA]

[FIRMA_ABOGADO]     [FIRMA_PROCURADOR]




(1) Puede alegarse incapacidad, incompatibilidad o prohibición.

(2) Debe especificarse la causa que determina la incapacidad (art. 9 de la LOTJ), incompatibilidad (art. 10 de la LOTJ) o prohibición (art. 11 de la LOTJ).

(3) Concretar el artículo en el que se basa la recusación:

  • Si se alega incapacidad nos referimos al art. 9 de la LOTJ.
  • Si se alega incompatibilidad se referirá el art. 10 de la LOTJ.
  • Si se alega prohibición se manifestará el art. 11 de la LOTJ.

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