Última revisión
Solicitud de aclaración/complemento de resolución judicial dictada con omisión de los recursos a interponer
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2023
Resumen:
El art. 208.4 de la LEC, indica que «Toda resolución incluirá la mención del lugar y fecha en que se adopte y si la misma es firme o si cabe algún recurso contra ella, con expresión, en este último caso, del recurso que proceda, del órgano ante el que debe interponerse y del plazo para recurrir». Inclusión que se observa en el artículo 248.4 de la LOPJ al indicar que: «Al notificarse la resolución a las partes se indicará si la misma es o no firme y, en su caso, los recursos que procedan, órgano ante el que deben interponerse y plazo para ello».
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Procedimiento [DESCRIPCION]
Número [NUMERO] / [AÑO]
D./D.ª [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procuradora de los Tribunales y de D./D.ª [NOMBRE_CLIENTE], según tengo acreditado en autos, ante este Juzgado comparezco y, como mejor proceda en derecho, DIGO:
Que mediante la presente interponemos solicitud de ACLARACIÓN y COMPLEMENTO de la resolución [DESCRIPCIÓN] de [FECHA],
y ello con base en las siguientes
ALEGACIONES
PRIMERA.- En fecha [FECHA] se nos ha notificado resolución [DESCRIPCIÓN] de fecha [FECHA] número [NÚMERO].
SEGUNDA.- En la referida resolución, que acompañamos como doc. [NUMERO] se omite si la misma deviene firme o no, y en este último caso, que recursos cabrían contra la misma.
TERCERA.- El art. 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) indica que "Al notificarse la resolución a las partes se indicará si la misma es o no firme y, en su caso, los recursos que procedan, órgano ante el que deben interponerse y plazo para ello."
Ello lo dispone también la Ley de
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