Última revisión
Solicitud de abono del justiprecio (expropiación forzosa)
Relacionados:
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 04/09/2024
Resumen:
Según el apartado primero del artículo 48 de la Ley de Expropiación Forzosa:
«1. Una vez determinado el justo precio, se procederá al pago de la cantidad que resultare en el plazo máximo de seis meses».
Por su parte, el artículo 57 de la antedicha norma dispone que:
«La cantidad que se fije definitivamente como justo precio devengará el interés legal correspondiente a favor del expropiado, hasta que se proceda a su pago y desde el momento en que hayan transcurrido los seis meses a que se refiere el artículo cuarenta y ocho».
AL [ÓRGANO]
Don/Doña [NOMBRE], mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en [LOCALIDAD], [CALLE], [NÚMERO], [CÓDIGO POSTAL], con teléfono [NÚMERO] y DNI [NÚMERO],
EXPONGO
El [FECHA] …
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