Última revisión
05/12/2024
Acta junta general extraordinaria liquidación y disolución de una sociedad limitada
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 05/12/2024
De acuerdo con el art. 360 de la LSC:
«1. Las sociedades de capital se disolverán de pleno derecho en los siguientes casos:
a) Por el transcurso del término de duración fijado en los estatutos, a no ser que con anterioridad hubiera sido expresamente prorrogada e inscrita la prórroga en el Registro Mercantil.
b) Por el transcurso de un año desde la adopción del acuerdo de reducción del capital social por debajo del mínimo legal como consecuencia del cumplimiento de una ley, si no se hubiere inscrito en el Registro Mercantil la transformación o la disolución de la sociedad, o el aumento del capital social hasta una cantidad igual o superior al mínimo legal.
Transcurrido un año sin que se hubiere inscrito la transformación o la disolución de la sociedad o el aumento de su capital, los administradores responderán personal y solidariamente entre sí y con la sociedad de las deudas sociales.
2. El registrador, de oficio o a instancia de cualquier interesado, hará constar la disolución de pleno derecho en la hoja abierta a la sociedad».
ACTA DE JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD [RAZÓN SOCIAL]
En [LUGAR CELEBRACIÓN JUNTA], siendo las [HORA CELEBRACIÓN JUNTA] del día [FECHA CELEBRACIÓN JUNTA], se encuentran presentes en el domicilio social sito en [DOMICILIO], titulares del 100% del capital social, totalmente desembolsado.
Se ha decidido, de conformidad con lo establecido en el artículo 166 de la LSC y siguientes, constit...
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