Última revisión
Contestación a la demanda de nulidad matrimonial, basada en la infidelidad.
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El artículo 73 de la LEC establece:
«Es nulo cualquiera que sea la forma de su celebración
1.º El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.
2.º El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47 del Código Civil, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48.
3.º El que se contraiga sin la intervención del Juez de Paz, Alcalde o Concejal, Secretario judicial, Notario o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.
4.º El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.
5.º El contraído por coacción o miedo grave».
El presente caso parte de la base de una solicitud de nulidad con base en una infidelidad y, subsidiariamente la petición de divorcio, a la cual no se opone la contestación.
A TENER EN CUENTA. El RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, modifica el artículo 770 de la LEC con entrada en vigor el 20/03/2024. El presente formulario se encuentra actualizado a esta reforma.
Procedimiento: [ESPECIFICAR]
Número [NÚMERO] / [AÑO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Don/Doña [NOMBRE PROCURADOR CLIENTE], en nombre y representación de Don/Doña [NOMBRE CLIENTE], con DNI [NÚMERO], en virtud de poder [Notarial/Apud Acta] a mi favor conferido, copia que del mismo acompaño como doc. [NÚMERO], bajo la dirección letrada de Don/Doña [NOMBRE LETRADO CLIENTE], colegiado número [NÚMERO] por el ICA de [LOCALIDAD], ante este Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO:
Que en fecha [FECHA] se nos ha notificado demanda de nulidad matrimonial presentada por Don/Doña [NOMBRE PARTE CONTRARIA], y mediante la presente procedemos a CONTESTAR A LA DEMANDA OPONIÉNDONOS A LA MISMA y ello con base en los siguientes
HECHOS
Previo.- Se impugnan la totalidad de los alegados de adverso a excepción de que se adveren en la presente.
Previo bis.- Si bien esta parte no entiende la existencia de fundamentación jurídica a los efectos de producir la nulidad matrimonial, se acepta la petición subsidiaria de solicitud de divorcio, ALLANÁNDONOS A LA MISMA.
Primero.- Conforme con la adversa en la fecha, tipo e inscripción matrimonial, así como en el régimen matrimonial constante el matrimonio.
Segundo.- Conforme con el correlativo en tanto en cuanto a la inexistencia de descendencia.
Tercero.- Disconforme con el correlativo, en tanto en cuanto sí se ha producido una situación, entendida de adverso como, "infidelidad", pero que la misma se produjo puntualmente y en un período en que las partes se "habían tomado un tiempo". Es decir, durante una separación de hecho temporal.
Cuarto.- Si bien es cierto que la situación de pareja no era la idónea para continuar con el matrimonio, no se debe confundir por la
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