Última revisión
26/09/2025
Contestación a la demanda de reclamación del 100% del préstamo ICO concedido en virtud del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo (COVID)
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Orden: mercantil
Fecha última revisión: 26/09/2025
En el procedimiento ordinario la contestación a la demanda debe hacerse en el plazo de 20 días conforme señala el art. 404 de la LEC. En esta contestación se alega vicio en el consentimiento al no proporcionarse la información de manera adecuada.
A TENER EN CUENTA. La SJPII de A Estrada n.º 41/2024, de 23 de febrero, ECLI:ES:JPII:2024:23 que se alega en el fondo del asunto ha sido revocada parcialmente, imponiendo costas de la primera instancia a la parte demandada, por la SAP de Pontevedra n.º 400/2024, de 31 de julio, ECLI:ES:APPO:2024:1786, al entender que no existe vicio en el consentimiento.
A TENER EN CUENTA. Por la reforma realizada por la LO 1/2025, de 2 de enero, una vez implantados de forma efectiva los tribunales de instancia (D.T. 1.ª), todas las referencias realizadas a los juzgados unipersonales se entenderán realizadas a las secciones del orden jurisdiccional correspondiente de los tribunales de instancia.
Procedimiento: [ESPECIFICAR]
Asunto: [NÚMERO]/[AÑO]
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º [NÚMERO] DE [LOCALIDAD]/SECCIÓN DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE [ESPECIFICAR] (4)
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR], procurador/a de los tribunales y de don/doña [NOMBRE_CLIENTE], según acredito mediante poder [NOTARIAL/APUD ACTA] (1), y bajo la dirección letrada de don/doña [NOMBRE_ABOGADO] colegiado/a n.º [N...
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