Última revisión
Contestación a reconvención alegando obras en finca colindante
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
El actor reconvenido y los sujetos no demandantes, siempre que puedan considerarse litisconsortes voluntarios o necesarios del actor reconvenido por su relación con el objeto de la demanda reconvencional, podrán contestar a la reconvención en el plazo de veinte días a partir de la notificación de la demanda reconvencional. Esta contestación se ajustará a lo dispuesto en el art. 405 LEC y podrá ser redactada con ayuda del siguiente formulario.
A TENER EN CUENTA. Tras la modificación operada en el art. 405.1 LEC por el RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la contestación a la demanda, el demandado deberá asumir idéntico compromiso que la persona demandante a los efectos de recibir notificaciones, requerimientos o emplazamientos personales del órgano judicial, en los supuestos legalmente previstos o cuando actúe sin procurador/a y siempre que se trate de personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia.
Asimismo, debe notarse que el art. 249 LEC también ha sido modificado por el RD-ley 6/2023, de 19 de diciembre, de forma que se dirimirán por los cauces del juicio ordinario por razón de cuantía los pleitos que excedan de 15000 euros.
Las citadas reformas entran en vigor el 20/03/2024. Hasta esa fecha, estos preceptos continúan aplicándose de acuerdo con su anterior redacción.
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO [NUMERO] DE [LOCALIDAD]
Procedimiento [DESCRIPCION]
Autos [NUMERO]/[NUMERO]
Don/Doña [NOMBRE_PROCURADOR_CLIENTE], Procurador de los Tribunales, en nombre y …
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